DEFINICION  POR PATENTES

El protocolo de la Intendencia Municipal de Montevideo para que actúen los inspectores de tránsito a efectos de la fiscalización de los empadronamientos se encuentra pendiente de definición.

Fuentes de Adeom consultadas ayer por LA REPUBLICA indicaron que el protocolo no contempla algunos aspectos clave y que sigue siendo motivo de insatisfacción para muchos inspectores.

Las fuentes dijeron que se seguiría dialogando con las autoridades municipales y adelantaron que muy probablemente haya la semana que viene una reunión con los inspectores de tránsito de Canelones, sector que se maneja con una visión muy similar.

Mientras, la Comuna Canaria hizo saber que a través del Cuerpo Inspectivo Municipal, seguía informando a los conductores sobre la Ley 18.456, que establece que es obligatorio empadronar o reempadronar el vehículo en el departamento donde reside la persona. En el mes de febrero se comenzará a fiscalizar y aplicar las correspondientes sanciones.

A través de un comunicado informó que el Cuerpo Inspectivo Municipal de la Comuna Canaria está realizando, a través de la entrega de un volante, una campaña de divulgación de los alcances y obligaciones emanadas de la aplicación de la Ley 18.456.

«Canelones viene desarrollando la estrategia que definió oportunamente y que coordinó con intendencias como la de Montevideo y Florida. Tiene que ver en esta primera etapa con la divulgación y notificación de los alcances de la ley 18.456″, dijo Marcelo Fernández, director general de Tránsito y Transporte de la Comuna Canaria. Además el jerarca recordó que la norma fue sancionada en diciembre de 2008.

«Transcurrió un año y los efectos de la misma comenzaron a regir a partir de enero de 2010. Por eso nosotros a través de estos volantes explicamos cuales son las obligaciones de las personas que circulan en vehículos empadronados en otros departamentos».

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje