DISCAPACITADOS HOY

FALLO HISTORICO PERMITE VOTAR A CHICO DISCAPACITADO

La discapacidad intelectual en nuestro derecho ha logrado adaptarse a las legislaciones más modernas, beneficiando a muchas personas que antes lo percibían como un obstáculo.

Días pasados nuestra Justicia ha marcado un paso histórico respecto a los derechos de las personas incapaces, un fallo que va mas allá y marca un precedente que determinará un antes y un después para muchas personas.

El fallo judicial establece que una persona incapaz que padece síndrome de Down, correspondiendo clínicamente a un retardo moderado, podrá votar e integrar organizaciones civiles sin fines de lucro de naturaleza cultural, deportiva y de beneficencia, siempre que ello no le genere un perjuicio económico.

Del examen personal surge que el sujeto se desempeña en su vida diaria con absoluta libertad, demostrando absoluto conocimiento de información e interés por poder cumplir con su derecho cívico.

La sentencia establecida por el Tribunal de Apelaciones de Familia de 2º Turno considera que el joven Down podrá votar, argumentando que el mismo «tenía acceso a la información y posibilidad de expresarse libremente».

La sentencia tiene sus fundamentos en el artículo 29 de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, vigente en nuestro país desde diciembre de 2008 a través de la Ley Nº 18.418, que busca «promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para las personas con discapacidad y promover el respeto por la dignidad».

La sentencia marca un punto de suma importancia. En la misma se establece que la incapacidad se analizará teniendo en cuenta un criterio jurídico, psicológico y social.

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