Empresas constructoras deberán facilitar acceso a los discapacitados
Con la resolución municipal del 15 de diciembre de 2008 quedó consagrada la decisión de «establecer mecanismos de coordinación de esfuerzos y propiciar la gradual eliminación de las barreras arquitectónicas y urbanísticas».
Noventa días después la reglamentación entró en vigencia.
Es así que desde ahora las empresas constructoras y arquitectos que planeen edificar en la capital «deberán considerar a las personas discapacitadas», explicó Federico Lezama, director de la Secretaría de Gestión Social para la Discapacidad de la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM).
Eso quiere decir que sólo podrán levantar edificaciones que contemplen el acceso de personas con discapacidades, tanto en edificios de uso público como privado.
La normativa fue aprobada por una comisión que integran representantes de la comuna capitalina, de la Sociedad de Arquitectos del Uruguay (SAU) y el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas (UNIT).
Pequeños detalles
De un tiempo a esta parte los montevideanos se han acostumbrado a ver modificaciones en los espacios abiertos, para facilitar el desplazamiento de las personas con diferentes discapacidades. Ahora los cambios se profundizarán en los lugares cerrados, públicos y privados de la capital.
Entrevistado por LA REPUBLICA, Lezama mencionó algunos detalles que deberán tener en cuenta de aquí en más los responsables de las construcciones.
«Rampas de acceso para quienes se trasladan en silla de ruedas, piso táctil, es decir pavimento de diferentes texturas para que los ciegos puedan guiarse con su bastón, y baños de mayores dimensiones, para que pueda ingresar alguien en silla de ruedas y movilizarse con facilidad», dijo.
Asimismo hay que cuidar que en los baños los artefactos sanitarios se encuentren a una altura adecuada y que los servicios públicos no se transformen en una barrera, como sucede con los teléfonos públicos y los cajeros automáticos, entre otras cosas.
Las edificaciones con más de 33 unidades deberán construir el 3% de las viviendas con un nivel de accesibilidad básico o convertible. Es decir que será necesario que cumplan con «condiciones y parámetros dimensionales de accesibilidad mínimos establecidos» en la normativa o que «mediante adaptaciones de escasa entidad previstas en su diseño se pueda alcanzar el nivel de accesibilidad básico o adecuado».
Toma de conciencia
El director de la Secretaría de Gestión Social para la Discapacidad dijo que la normativa fue «bien aceptada» por los constructores. «Cada vez que se trata el tema de facilitar el acceso, los responsables tienen muy buena disposición pero es un tema que no se plantea con frecuencia, no por falta de voluntad sino por ignorancia», reflexionó. Además enfatizó en que no implica un mayor costo, «siempre y cuando las modificaciones se incorporen desde el principio».
Por otra parte, desde la comuna impulsarán la difusión de la normativa, realizando entre la población tests de accesibilidad a espacios públicos y recibiendo denuncias o propuestas de modificaciones en la secretaría.
De esta manera pretenden que los edificios que no contemplen un nivel de accesibilidad básico sean adaptados mediante la realización de las obras necesarias.
La nueva reglamentación está basada en la normativa que establece UNIT; si se modifica alguna norma, automáticamente se actualizará la resolución 5529/08.
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