La pista. Ahora resta definir cuáles serán los espacios que se habilitarán para este fin

Regulan "picadas" en Maldonado; tendrán zonas propias y controlarán seguridad

El intendente de Maldonado aprobó el proyecto de ordenanza municipal que reglamenta las competencias de aceleración de motor de cuarto de milla. La ordenanza conocida ayer apunta a regular las «picadas» dado el riesgo que implican para la circulación vehicular y peatonal. La intención de la medida es definir un espacio adecuado para la realización de este tipo de competencias, con los elementos de seguridad necesarios.

Las «picadas» están prohibidas y «atentan contra el principio de seguridad vial establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 18.191 del 30 de octubre de 2007″.

El documento oficial hace referencia, además, a las resoluciones y decretos en los que se establece una multa de 40 Unidades Reajustables (UR) para los conductores que infrinjan por primera vez esta prohibición, y de 60 UR para los reincidentes.

La ordenanza define las competencias de «un cuarto de milla» como pruebas de aceleración que se disputan sobre una recta de 402 metros (la denominada «pista»), dividida en dos carriles, cada uno de los cuales es ocupado por un vehículo.

La Intendencia habilitará la pista de la competencia y verificará el cumplimiento de todos los requisitos exigidos. Será responsabilidad del organizador del evento el mantenimiento de la pista y su entorno. Desde hace varios años se reclama la habilitación de un espacio para estas actividades en la zona de El Jagüel, utilizando para ello parte de la vieja pista del aeropuerto de esa zona.

La competencia se desarrollará únicamente sobre la pista, con un máximo de dos vehículos y dos participantes por partida, los que correrán a la par y en línea recta dentro de los límites definidos; si el vehículo traspasa estos límites se considerará una infracción. La pista deberá estar despejada de público y con las condiciones de seguridad establecidas.

Las personas que tripulen los vehículos o los asistan técnicamente, deberán manifestar su voluntad en forma escrita, «estipulando específicamente que asume los riesgos por cuenta propia y exime de toda responsabilidad o reclamo civil o penal a instituciones o actores ligados al evento». Podrán participar personas mayores de 18 años de edad con habilitación para conducir los rodados que tripulen.

 

Sobre los vehículos

Podrán participar de las picadas todo tipo de automóviles, pick up y motos de gran serie o especialmente construidos para competir. Las motos sólo podrán competir entre sí.

Todos los competidores deberán usar casco y guantes protectores, condiciones de seguridad que «reduzcan o eviten las lesiones a que puedan estar expuestos por los impactos en caso de accidentes».

Los vehículos de cuatro ruedas deberán contar en su interior con un extintor de polvo para fuegos de todo tipo y su estructura interna deberá ser tal que, en caso de impacto, minimice las lesiones del ocupante.

La seguridad de los asistentes, en particular del público, es responsabilidad de los organizadores y de las autoridades contratadas para asegurar el evento. La Policía, Bomberos y Salud Pública, definirán, cada uno en su área, cuáles son las condiciones de seguridad necesarias y procedimientos a seguir. En lo que refiere a la Policía, será indispensable contar con un servicio mínimo de dos efectivos y un móvil de seguridad, además de la autorización escrita que corresponda. Bomberos también aportará efectivos y un móvil de extinción de incendios. En lo que refiere a la Salud, habrá un móvil de estabilización y traslado.

Las autoridades policiales y municipales podrán requerir o realizar la prueba de espirometría o de droga a cualquier participante; en caso de encontrar a un usuario con resultado positivo, será excluido de la competencia.

El concesionario, organizador, contratante o responsable del evento, deberá contratar un seguro que garantice eventuales daños contra terceros. La organización de las competencias estará a cargo de quien la autoridad municipal disponga, de acuerdo a procedimientos de asignación y concesión ya establecidos.

Los concesionarios que no cumplan con la ordenanza o los pliegos de condiciones serán sancionados, la primera vez, con la suspensión de la actividad por una semana; y ante una segunda infracción, por tres semanas. Si se registra una tercera, la suspensión será definitiva. También los participantes podrán ser sancionados si no cumplen con la reglamentación vigente.

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