Desde hoy. IMM multará a los pasajeros que viajen sin este elemento de seguridad; el acatamiento es bajo

Exigirán el uso del cinturón trasero

A partir de hoy se comenzará a multar a los automóviles cuyos pasajeros no usen cinturón de seguridad en el asiento trasero. Otro aspecto en el que viene trabajando intensamente la Unasev es en el asesoramiento a las empresas sobre cuáles son los cinturones indicados para las unidades de transporte escolar.

 

Pocos lo usan

«Debido a que el cumplimiento en Montevideo es muy bajo, a partir del lunes los inspectores municipales comenzarán a fiscalizar con mayor intensidad el uso del cinturón de seguridad trasero», anunció el gerente de la División Tránsito y Transporte de la Intendencia de Montevideo (IMM), Gonzalo de Toro.

A pesar de que el artículo 31 de la Ley 18.191 (Ley de Tránsito y Seguridad Vial) señala como obligatorio el uso de cinturón de seguridad, en vías tanto urbanas como interurbanas, para todos los pasajeros de autos y camionetas, se dio un plazo de seis meses a partir de su entrada en vigencia (el 28 de noviembre de 2007) antes de empezar a sancionar.

Una vez transcurrido ese tiempo, a pesar de que los operadores tenían la potestad de multar, la gran mayoría eligió observar a los infractores. «Desde el momento en que finalizó el plazo, el 28 de mayo de 2008, la normativa esta vigente. Igualmente preferimos seguir observando e informando a los pasajeros. Pero a partir de ahora (por hoy), los que no circulen con el cinturón trasero serán sancionados», aseguró De Toro, quién reveló que la multa tiene un valor de 1,5 UR ($552,45).

 

Diferencias inexplicables

Las luces cortas encendidas, que, según el artículo 30, son obligatorias en forma permanente en todos los vehículos, tienen un acatamiento altísimo. La situación es completamente distinta respecto al cinturón trasero. Consultado por el motivo de esta diferencia, el director de la Unasev, Omar Rodríguez Velazco, dijo que es una buena pregunta que necesitaría de un estudio psicológico para ser respondida. «Más que por falta de difusión de la normativa, pienso que es porque no comprenden la importancia de ese elemento de seguridad», explicó .

Como ejemplo, explicó que si una persona viaja sin cinturón a una velocidad de 70 kilómetros por hora, y el coche frena de golpe, su cuerpo continúa viajando a esa misma velocidad. Además de tener grandes posibilidades de salir impactado por el parabrisas delantero, «es un proyectil humano para los demás pasajeros».

 

Cinturones escolares

Otro aspecto en el que trabaja intensamente la Unasev es en el asesoramiento a las empresas sobre cuáles son los cinturones de seguridad indicados para las unidades de transporte escolar de pasajeros. El literal D del artículo 31 de la Ley 18.191 señala que es obligatorio el cinturón de seguridad para todos los ocupantes de vehículos de transporte escolar. A pesar de que a los transportistas se les otorgó un plazo de hasta seis meses para adecuar sus vehículos, hubo muchas dificultades para su instalación.

«¿Cinturón de dos o tres puntas?», era la pregunta que se hacían los transportistas. Además, se pudo comprobar que la gran mayoría de las unidades necesitan ser remplazadas por otras, debido a que no se pueden instalar los cinturones en todos los asientos para los escolares.

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