Protección para el usuario de la salud

Jueves 01 de marzo de 2007 | 4:28
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Las personas que se vean afectadas por una mala atención en un centro de salud público o privado, por falta de medicamentos o por demoras en la designación de fechas para consultas médicas, entre otros casos posibles, pueden efectuar las denuncias directamente en el propio MSP. La carta debe presentarse en la sección de Atención al Usuario de la Dirección General de Salud.

Mediante la actualización del decreto 395/002 del 16 de octubre del 2002, el Ejecutivo buscó la protección de los derechos de los usuarios, ya que si los servicios médicos no responden en los plazos establecidos (de 20 a 90 días, segun el caso), se otorga el “derecho al usuario a su presentación ante el Area de Atención al Usuario de la División Servicios de Salud del MSP, la que procederá a intimar el cumplimiento a la institución omisa en el plazo de 10 días, bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones previstas”.

Además, el decreto obliga a que “los servicios de salud públicos y privados deban remitir mensualmente al Area de Atención al Usuario de la División Servicios de Salud del MSP, dentro de los primeros diez días de cada mes, informe sobre el numero de denuncias, quejas y reclamos recibidos por los Servicios de Salud, incluyendo numero total de planteos, con especificación de los datos filiatorios y cédula de identidad del denunciante, referencia suscinta al asunto de que se trata, profesionales involucrados y resolución adoptada, en su caso”.

“El incumplimiento de lo dispuesto procedentemente dará lugar a las sanciones pertinentes salvo que medie causa justificada, en cuyo caso la Administración podía conceder una prórroga atendiendo las razones invocadas”, dice el decreto. *

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