Una ley largamente esperada

Hasta el momento la ley que regula las torturas y los malos tratos que cometen los funcionarios policiales, promulgada por el Parlamento nacional el 25 de setiembre del año pasado con el número 18.026, no ha sido aplicada. La norma ha sido catalogada como muy positiva por las organizaciones de derechos humanos, ya que entre otros crímenes de lesa humanidad pena fuertemente los casos de tortura. A pesar de que el país ratificó las convenciones internacionales de derechos humanos a partir de 1985, recién ahora éstas se estipularon claramente en la legislación nacional. El artículo 22 de la nueva ley expresa: «El que de cualquier manera y por cualquier motivo, siendo agente del Estado o sin serlo contando con la autorización, apoyo o aquiescencia de uno o más agentes del Estado impusiere cualquier forma de tortura a una persona privada de libertad o bajo su custodia o control o a una persona que comparezca ante la autoridad en calidad de testigo, perito o similar será castigado con veinte meses de prisión a ocho años de penitenciaría». Más adelante se define qué es tortura, incluyendo en este delito los dolores graves, físicos, mentales o morales, así como el sometimiento a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. También se agregan a la ley todos los actos tendentes a anular la capacidad física o mental del sospechoso ­aun sin causar dolor físico­, ya sea para indagar, castigar o intimidar. *

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