Discapacitados recibirán $ 2.000 para que puedan asistir a colegios privados
Antes de aprobada esta resolución, los menores con discapacidad que perciben una pensión por invalidez, recibían una ayuda para concurrir exclusivamente a institutos de educación o rehabilitación especial.
El director del BPS, en representación de los trabajadores, Ariel Ferrari indicó que «de aquí en más, quienes cobren una pensión por invalidez recibirán una ayuda especial de unos $ 2.000 para costearse un colegio privado».
Aclaró que muchos discapacitados que cuentan con problemas físicos, no podían concurrir a institutos primarios o secundarios normales porque el organismo previsional no facilitaba su inserción social.
La ampliación de la cobertura a menores con discapacidad resuelta el pasado miércoles, se suma a lo aprobado en noviembre de 2005, donde el Directorio del BPS habilitó una partida destinada a esta población de $ 1.000, para el pago de la locomoción a quienes concurren a escuelas normales, tanto públicos como privadas, o la cuota de un instituto de educación primaria. Según Ferrari, existía un problema de discriminación, ya que muchas personas padecen de una dolencia motriz y no intelectual, y no podían concurrir a una escuela donde concurren niños que no tienen este tipo de discapacidades.
El jerarca informó que el BPS viene gradualmente desarrollando políticas de inclusión. Actualmente el organismo está pagando unas 10 mil ayudas especiales, de un universo total de 40 mil pensiones por invalidez.
En definitiva el beneficio de las (Ayudas Especiales) AYEX se pagará a los atributarios de Asignaciones Familiares, con hijos o menores a cargo, beneficiarios del sistema, que padezcan retardo o invalidez, y a los beneficiarios de pensión por invalidez, para contribuir a cubrir los costos de la concurrencia de los mismos a escuelas especiales, institutos de rehabilitación, escuelas e institutos habilitados por ANEP que realicen integración y/o instituciones recreativas o deportivas cuyas actividades propendan a la rehabilitación de los mismos; o el pago de locomoción de los mismos para su traslado desde y hacia las referidas escuelas, institutos e instituciones incluidas las normales e institutos de enseñanza sean estos preescolares, de primaria o secundaria. *
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