Exoneración tributaria en Canelones

La Intendencia Municipal de Canelones (IMC) resolvió poner en práctica una exoneración del 60% de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana y tributos conexos que correspondan a padrones afectados a explotaciones agropecuarias y/o agrícolas en predios urbanos y suburbanos del departamento.

Tendrán derecho a este beneficio quienes se dediquen a explotar la tierra empleando para ello cualquier método de trabajo.

También accederá a la exoneración, cuando la superficie de la tierra explotada por el productor sea superior a dos hectáreas.

En aquellos casos que el propietario de los padrones es el productor que realiza la explotación, se sumarán las superficies de los padrones urbanos y suburbanos de su propiedad, sean linderas o no, pudiéndose además sumar la superficie de los padrones propiedad del cónyuge, hijos y parientes por consaguinidad hasta el cuarto grado.

Cuando el productor no es el propietario de los padrones, opera la exoneración siempre que los propietarios sean cónyuge, hijos y parientes por consaguinidad hasta el cuarto grado.

El plazo para solicitar el beneficio es entre el 1º de octubre al 20 de diciembre, del año anterior al que se pide la exoneración o primer día hábil del siguiente. *

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