Cinco quilos por persona y por semana

La Dirección Nacional de Aduanas adoptó una resolución que compatibiliza el ejercicio de contralor fiscal de su competencia, con las necesidades de los pobladores de escasos recursos de las zonas de frontera.

Con la decisión adoptada en el marco de la legislación vigente para el tráfico fronterizo, se establecieron la naturaleza y cantidades de mercaderías para consumo que se admitirán en ese tráfico por razón de urgencia.

A partir de ahora se autoriza el ingreso a territorio nacional por los distintos puntos fronterizos y exclusivamente para los pobladores de la zona, de hasta cinco quilos de bienes comestibles sólidos por persona y por semana, con excepción de todos aquellos cuyo ingreso se encuentre impedido por las disposiciones sanitarias vigentes u otras normas prohibitivas.

Las Aduanas de ingreso llevarán, mediante el asiento informático, el registro de cada una de esas autorizaciones, con especificación del nombre y documento de identidad de la persona que haga uso de ese régimen.

La resolución adoptada es independiente de las franquicias establecidas por la normativa vigente para turistas. *

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