"El trabajo de los jueces se desarrolla en medio del silencio de los despachos, lo cual contrasta con el verbalismo de los operadores políticos o el vistoso despliegue de las fuerzas del orden"

Jueces antimotines

Una vez allí se interiorizó de la situación y resolvió intentar un diálogo con los amotinados, sin mayores resultados. Tras una espera prudencial (más de dos horas) en que la situación se mantenía trabada y sin cambios, se retiró del lugar, no sin antes disponer que se le mantuviese informado.

Avisó a Sergio Migliorata (director del Instituto Técnico de Rehabilitación Juvenil) y luego solicitó un patrullero para trasladarse a su domicilio.

La ministra Arismendi todavía no había llegado al lugar de los hechos.

De acuerdo con el art. 65 del Código de la Niñez y Adolescencia los jueces letrados de Adolescentes de la capital y los jueces letrados del Interior con igual competencia (como el caso del magistrado Alvarez) deben entender, en primera instancia, «en todos los procedimientos que de lugar las infracciones de adolescentes a la ley penal».

Aun para quien desconoce el Derecho está claro que entender en materia de procedimientos judiciales, no implica sofocar motines.

Había en el lugar responsables de disponer las medidas pertinentes para controlar la situación, pero abordar el tema excede los objetivos de esta nota. El magistrado actuó razonablemente en oportunidad de la crítica situación acaecida en la Colonia Berro en esa madrugada del 15 de junio. Hizo lo posible en el marco de sus competencias y luego se retiró, no sin antes disponer que se le mantuviese informado.

Se ha publicado que cincuenta adolescentes de la Colonia Berro «pusieron contra las cuerdas a las gárgolas de corbata» y, en acto bizarro, digno de las mejores causas rebeldes «orinaron al juez», además de «apedrear» a una ministra y «amenazar» a un senador. Así fue descrito el motín del pasado 15 de junio en la columna del periodista Gabriel Pereyra (El Observador, 26/06/05, pág. 9).

El diario «Ultimas Noticias» del 17/06/05, pág. 17, señala que Arismendi «cuestionó el papel del juez penal de Pando, Huberto Alvarez, quien se retiró de la Colonia Berro cuando aún habían funcionarios rehenes».

Me siento tentado a preguntar por qué mientras los adolescentes «apedrean» ministros y «amenazan» legisladores, a los jueces los «orinan». ¿Será que acaso odian con mayor vehemencia a los magistrados, y les merecen una reacción más visceral y escatológica que el resto de las gárgolas? Semejante vileza en el uso del lenguaje sólo puede existir en un clima democrático en el que los periodistas pueden expresarse libremente en uso de los derechos que están plenamente garantizados por esos mismos jueces que son «orinados» por los adolescentes infractores y por otros de mayor edad.

Ofrezco a los lectores una visión distinta del tema que ha sido objeto de tantos debates en los últimos días.

Hay más. Diario «El País» (18/06/05, Segunda Sección, pág. 1) uno de los «seis especialistas en negociaciones con toma de rehenes que posee la Policía» aseguró que «hubo un vacío de poder y el juez de Pando debió permanecer en el lugar hasta la finalización del motín».

Diario «La República» del día 25/06/05, bajo el sugestivo título «El juez pidió que lo llevaran a su casa (…)» se afirma que «la única orden que dio el juez que se presentó en la Colonia Berro la noche del motín fue que le pusieran un patrullero a su disposición para llevarlo a su casa» y bajo el subtítulo «la retirada del juez», en el mismo artículo, se reproducen declaraciones del presidente del INAU, Víctor Giorgi, quien asegura que el inspector Cono Cardozo habría preguntado al juez «¿Usted ordena algo, señor juez?». El juez habría respondido «Sí, si tuviera un patrullero para llevarme a mi casa…». Se le facilitó un patrullero y al retirarse habría dicho «cualquier cosa estoy a la orden», refiriéndose a que se comunicaran con él.

Existe un componente político en este debate mediático originado por el motín de la Colonia Berro. Quiero poner la labor que deben cumplir los jueces en situaciones, como la acaecida el pasado 15 de junio, en su justo término.

Como es bien sabido, la labor de la Justicia, a través de sus magistrados, consiste fundamentalmente en juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. No hay jueces antimotines. Ninguna norma dice que los jueces tienen que sofocar los motines que se produzcan en los centros de reclusión del INAU. Un acto de esa naturaleza estaría reñido con el buen sentido, sería inconstitucional y estaría invadiendo esferas de competencia de otro poder del Estado. No hay forma de decirlo con mayor simpleza.

Recién ahora el juez Alvarez, en el marco de sus atribuciones, investiga lo ocurrido, porque así debe ser. No del modo que pretende plantearse a través del comentario irónico de que lo único que dispuso el magistrado fue que si había un patrullero lo llevara a su casa.

Cualquier otra postura es, a todas luces, absurda.

Los jueces no están obligados a permanecer en el lugar en que ocurren los motines; no es labor que les compete ni están formados para ello.

Los jueces uruguayos (en su mayoría mujeres) no están capacitados para saltar de un helicóptero ni dominan las técnicas de la lucha cuerpo a cuerpo. Por eso no sofocan motines y porque sus competencias no incluyen tal acción.

Muchos jueces solicitan a los jerarcas ser transportados en vehículos policiales. Es porque el Poder Judicial tiene una flota muy reducida de vehículos y no tiene presupuesto suficiente para cubrir toda la demanda. Los jueces trabajan y callan. Esto contrasta con el verbalismo de los operadores políticos o el vistoso despliegue de las fuerzas del orden, siempre tan redituables para los informativos de la televisión.

La Justicia siempre va en desventaja en los medios masivos de comunicación, y recibe comentarios tan injustos como este: «la Policía atrapa a los delincuentes y los jueces los sueltan». Como si aplicar la ley fuera una cuestión de capricho.

Dejo de lado el estilo pulcro y académico de las comunicaciones institucionales que utilizo en mi función para Dicomi, porque esta otra forma es tal vez un lenguaje más efectivo para rebatir los dichos publicados, que habían permanecido sin réplica hasta ahora. Todo lo dicho es mi opinión y no la opinión del superior poder del Estado, para el que trabajo. *

(*) Vocero de la Suprema Corte de Justicia

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