LEGISLADORES DEL FRENTE AMPLIO Y EL FORO PRESENTARAN PROYECTO SOBRE UN TEMA CRUCIAL

La decisión de una muerte digna en pacientes terminales en Uruguay

«El primer punto a definir es la gran confusión que existe cuando se emplea el término eutanasia. Todos debemos tener absolutamente claro que la eutanasia está prohibida por todos los códigos de ética médica a que estamos comprometidos los médicos uruguayos», enfatizó el doctor Luis Gallo. El diputado del EP-FA-NM por Canelones impuso así exactitud a la terminología que suele emplearse en referencia al proyecto de Ley titulado «Pacientes Terminales», actualmente en el Parlamento. Con el subtítulo de: «Derecho a oponerse a la aplicación de procedimientos o tratamientos en determinadas circunstancias», el proyecto está en estos momentos siendo articulado con otro de similar tenor, presentado por el forista Washington Abdala. En la anterior legislatura y con diferencia de un mes, ambos proyectos, distintos pero sobre el mismo tema, ingresaron al Legislativo, aguardándose ahora poder unificarlos en uno para que la Comisión de Salud, inicie el trámite de consulta a todos los sectores involucrados.

Para Gallo, médico intensivista, especialista en tratamiento del dolor, «es una realidad que se vive a diario en el país y sin embargo todavía existe un vacío legal».

Básicamente, el proyecto establece que quien no haya testado con documentación notarial sobre el punto, si llega a la circunstancia de paciente terminal «y no puede expresar su conformidad», se le podrán suspender procedimientos/o tratamientos, con sucesivas decisiones fundadas. La primera decisión será la del médico tratante, quien a su vez deberá contar con diagnósticos terminales acordes, de otros dos médicos. El segundo aval, será del cónyuge o familiar más cercano en línea recta o colateral hasta el cuarto grado. En caso de concurrencia de familiares, deberá haber unanimidad en la decisión. El tercer aval será el de un juez penal competente.

En el caso de incapaces, deberá contarse además con la expresión del representante legal correspondiente.

«Existe además otra circunstancia: el médico tratante deberá comunicar el caso, a la comisión de bioética, de la institución donde es atendido el paciente», explicó el diputado frenteamplista.

Gallo recordó que la comisión de bioética para todas las instituciones de asistencia médica, está incluida en el proyecto de creación de la Comisión Nacional de Bioética, aprobada por la Cámara de Diputados y aún pendiente en el Senado. «Cuando el médico haga un diagnóstico, deberá anunciarlo a la comisión de bioética y además al juez penal competente, no pudiendo suspender ningún tratamiento, hasta 48 horas después de concluido todo el proceso contemplado en esta legislación», concluyó.

Testamento vital

Al cierre de la presente edición el diputado Washington Abdala continuaba reunido con su líder Julio María Sanguinetti por lo cual resultó imposible ampliar detalles de su proyecto. El mismo, conocido como «Testamento Vital», contempla básicamente la posibilidad de que cualquier ciudadano cumpla ante un escribano público las formalidades necesarias para dejar sentada su decisión de que se le suspendan los elementos extraordinarios que lo mantienen vivo, en caso de situación terminal, irreversible. El legislador Abdala hizo llegar en la víspera a su par Gallo, los aspectos de su proyecto. Se estima que ambos legisladores llevarán adelante los esfuerzos necesarios para que sus proyectos sean unificados en uno solo, para mayor diligencia y factibilidad de aceptación partidaria en ambas Cámaras. *

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