MSP usa antisépticos sin registro
Sin embargo, fuentes confiables afirmaron que en los hospitales públicos durante todo el año se han utilizado especialidades farmacéuticas sin registrar ante la cartera de salud, y que han sido adquiridos a través de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Medicamentos y Afines del Estado (Ucamae).
Es el caso de antisépticos a base de clorhexidina que fueron especialmente recomendados para la higiene de pacientes infectados con estafilococos áureos meticilino resistentes. Estos productos además son utilizados para la limpieza de forúnculos, lavados prequirúrgicos de técnicos y enfermos, así como para otras finalidades en sectores inmunocomprometidos como bloques quirúrgicos, CTI y nurserys.
Las especialidades farmacéuticas en cuestión son elaboradas por Midet Corporación Limitada, de la ciudad de Pando, y se conocen con los siguientes nombres comerciales: Dermoscrub (jabón quirúrgico con clorhedixina al 4%), Hospiscrub (jabón quirúrgico con clorhedixina al 2%), Clorac (clorhedixina alcohólica), entre otros. Estas soluciones contienen además, según los folletos promocionales, elementos dermoprotectores y son de amplio espectro con efecto residual, al tiempo que resultan económicos por su alto rendimiento.
En las etiquetas de estos antisépticos figura un número para la habilitación de un depósito de productos importados otorgado por el MSP, así como la leyenda «industria uruguaya». A la vez que falta el número de registro que debe entregar el laboratorio de control de medicamentos de Salud Pública, más conocido como Decomea.
Entre los requisitos normales para la comercialización de este tipo de fármacos se encuentra la exigencia de registrarse ante este organismo. Pero Decomea, además exige que el producto proceda de un laboratorio habilitado por el MSP, y en caso de que la elaboración sea tercerizada la presentación del contrato con fecha previo al comienzo de la fabricación del fármaco.
Otra de las irregularidades vinculadas con estos antisépticos, consiste en que se facturan con un IVA del 23%, más un 3% de Cofis y evaden el aporte a la Caja Profesional. En tanto que a los registrados se les cobra un IVA menor (14%), un 3% de Cofis y la 2% de contribución a la Caja Profesional, por lo que aún realizando todos los tributos reglamentados tienen una menor carga impositiva.
Registro es igual a garantía
El director de la División Productos de Salud, ingeniero Duncan Espiga, afirmó a LA REPUBLICA que «el registro de las especialidades farmacéuticas representa una evaluación de los productos a través del estudio de la documentación y de los ensayos de calidad que se realizaron de los mismos, con el objetivo de asegurar su eficacia y seguridad».
Asimismo el jerarca sostuvo que «jamás» el MSP utilizó este tipo de insumo sin registro, puesto que ello «está prohibido por la ley».
No obstante, aseveró no tener «conocimiento» de si ello ocurrió en algún momento, y que en caso de haber sido así fue «por el error de alguien». *
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