FISCALIZACIÓN 

A partir del sábado 10 de diciembre comienza la fiscalización electrónica de las normas de tránsito en Montevideo 

La Intendencia de Montevideo comenzará el próximo sábado 10 de diciembre con la fiscalización electrónica de las normas de tránsito (exceso de velocidad y cruce con luz roja). 

 

El Gobierno Departamental anunció que a partir del sábado 10 de diciembre comenzará a instrumentarse la fiscalización electrónica.

Los cruces de las principales arterias de Montevideo serán debidamente identificados.

De este modo, el Gobierno de Montevideo realizará la fiscalización electrónica de exceso de velocidad y no respeto de luz roja en 30 puntos de la ciudad.

En tales puntos de control se puede medir la velocidad y, además, cuando están asociados a un cruce semaforizado, controlar el no respeto de la luz roja.

En el caso de la velocidad, el control se realizará de forma gradual. La velocidad máxima permitida en zona urbana es de 45 km/h salvo que la señalización dispuesta en la vía pública indique lo contrario, tanto en habilitar una velocidad superior como en limitarla a una inferior.

Respecto al no respeto de la luz, se controlará el cruce con luz roja en todos los cruces asociados a semáforos.

Para definir el umbral de fiscalización se consideró: “Errores probados y admitidos por fabricantes de vehículos en las mediciones que los velocímetros muestran a los conductores, los cuales según estudios internacionales están en el entorno de los 5 km/h, especificaciones del fabricante de los equipos de fiscalización, datos que emergen de la certificación de los equipos por el LATU”.

En función de ello se definió en 10 km/h el umbral aceptable para el comienzo de la fiscalización electrónica en el departamento de Montevideo.

“El umbral no implica de ninguna manera una autorización para conducir a mayor velocidad que la formalmente establecida”, aclara la Intendencia de Montevideo.

Equipos de fiscalización

A la fecha se trata de 30 puntos de control en los que se tiene la potencialidad de medir la velocidad, y cuando están asociados a un cruce semaforizado, además, se controla que se respete la luz roja.

Los  equipos de fiscalización están ubicados en: Bulevar José Batlle y Ordóñez y Rivera. Avenida Rivera y avenida Luis P. Ponce. Avenida Rivera y Arocena. Avenida Rivera y Llambí. Luis Alberto de Herrera y avenida Rivera. Bvar. Artigas y Campisteguy. Bvar. Artigas y Pedernal. Bvar. Artigas y 21 de Setiembre. Gral. Flores y Domingo Aramburú. 18 de Julio y Yaguarón. 18 de Julio y Requena. Avda. Brasil y 26 de Marzo. Ferrer Serra y Paullier. Avda. D. A. Larrañaga y Tomás Claramunt. Millán y Cisplatina.

También se fiscaliza en las siguientes esquinas: Rambla Sur (República Argentina) y Carlos María Morales. Rambla Rep. Argentina y Eduardo Acevedo. Rambla Rep. de México y Costa Rica. Rambla M. Gandhi y Solano García. Rambla O’Higgins y 18 de Diciembre. Rambla Rep. del Perú y Luis A. de Herrera. Avenida Italia y Francisco Simón. Avenida Italia y Bolonia. Avenida Italia y Mataojo. Avenida Italia y Lido. Avenida 8 de Octubre y Garibaldi. Avenida 8 de Octubre y Comercio. Bvar. Batlle y Ordóñez y Av. 8 de Octubre. Bvar. Artigas y General Flores y Avenida Rivera y María Espínola.

fiscalCómo se fiscalizará

Tiene que haber una violación de la norma. El equipo de fiscalización la detecta y genera un archivo.

El archivo es evaluado por un inspector de tránsito. En caso de que no se respete la luz roja, el inspector tiene dos fotos: en el inicio del cruce peatonal que además muestra la luz roja en la columna del semáforo; y otra foto ya con el vehículo haciendo el cruce, también con la luz roja en el semáforo.

En el caso de la velocidad se muestra una sola foto para que sea evaluada con la velocidad detectada. A los efectos de analizar adecuadamente la foto, se dispone de un software que permite visualizar el contexto, aclarar la foto en caso de ser nocturna, concentrar la mejora de imagen en un sector de la foto, un lector de placas de matrícula, el carril de circulación del vehículo detectado.

Se emite una “notificación” para dar vista al propietario del vehículo. El propietario del vehículo dispone de 10 días de plazo para apelar el acto administrativo.

Se emite una “resolución” aplicando la multa (una vez que vence el plazo legal). El propietario tiene 10 días más para apelar la resolución. Se carga la multa al SUCIVE.

El conductor puede enterarse si un equipo de fiscalización detectó una posible infracción y un inspector evaluó que hay una sanción al ingresar a la página web de la Intendencia de Montevideo y digitando la matrícula verificar si existe tal procedimiento en curso.

Los vehículos empadronados en Montevideo con domicilio registrado: se le remitirán notificaciones y resoluciones a su domicilio por medio del Correo.

Mientras que a los vehículos empadronados en Montevideo sin domicilio registrado y vehículos empadronados en el interior del país: se publicarán notificaciones y resoluciones en el IMPO (Diario Oficial).

En cuanto al domicilio de envió de la multa, se puede llamar por teléfono al 1950 4000 opción 2, se puede verificar el domicilio registrado.

Para cambiarlo el propietario del vehículo debe dirigirse al Servicio de contralor y registro de Vehículos (Pedernal 2219 esquina Campisteguy, lunes a viernes de 9.15 a 16.00 h. Todas las llamadas quedan registradas: existe trazabilidad y quedan grabadas.

Horario de call center: lunes a viernes de 8.15 a 17.00. Sábados de 8.00 a 14.00.

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