LICENCIAS

Diputada colorada Nibia Reisch presentó proyecto de Ley que autoriza a donar días de licencia por salud

La diputada del Partido Colorado, Nibia Reisch presentó un proyecto de Ley por el cual se autoriza a ceder o donar días de licencia entre compañeros de trabajo, por temas de salud.

 

Diputados-Uruguay-Rendición-de-Cuentas_lr21-eEl proyecto de la legisladora de Vamos Uruguay abarca a trabajadores públicos y privados previendo que se concrete de manera gratuita entre el cedente y el beneficiario.

Además se establece en la normativa proyectada que la cesión debe estar fundada en razones de salud referidas a enfermedades o padecimientos graves o agudos de familiares directos o personas a cargo.

El proyecto

El proyecto consta de un único artículo el cual plantea aprobar “un régimen de cesión de días de licencia ordinaria, aplicable a los trabajadores públicos y privados, el que será excepcional.

La cesión de días de la licencia ordinaria o reglamentaria de un trabajador a otro, se otorgará siempre que  “la referida cesión sea de carácter gratuita. Por ende, la misma no podrá implicar pago o retribución económica o en especie de ninguna clase”.

La trasferencia de los días de licencia deberá ser entre dos trabajadores (cedente y beneficiario) de la misma empresa o institución si es en el ámbito privado o, de un mismo Inciso, sea de la administración central, entes autónomos, servicios descentralizados, Corte Electoral, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Poder Legislativo, Poder Judicial o gobiernos departamentales.

También se dispone que “la cesión esté fundada en razones de salud referidas a enfermedades o padecimientos graves o agudos de las siguientes personas: menor de edad o incapaces a cargo del beneficiario; hijos mayores de edad siempre que se demuestre que no existe cónyuge o descendientes mayores de edad que puedan hacerse cargo de su cuidado y  cónyuge del beneficiario”.

Entre las razones de salud contempladas se incluye, a modo de ejemplo: “discapacidad superviniente, enfermedad aguda y grave, convalecencia o tratamiento médico complejo y enfermedad en etapa terminal”

En la iniciativa se establece que las razones de salud deben acreditarse en forma documental y con la certificación del médico tratante y que se cuente con la previa conformidad por parte del empleador o jerarca respectivo”.

“El cedente mantendrá el derecho a percibir todos los haberes correspondientes a la licencia cedida (salario vacacional y pago de días de licencia), de los cuales es acreedor”, se dispone en el proyecto.

El beneficio instituido por la Ley sólo se podrá utilizar en una única oportunidad, con un máximo de tres cedentes y por un período total de no más de 30 días de licencia.

El número de días cedidos por cada cedente, “no podrá superar un tercio de los días de licencia reglamentaria que se hubiere generado en el año inmediato anterior”.

A los efectos estadísticos, los empleadores o jerarcas respectivos comunicarán al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social las cesiones de licencia autorizadas y antes que las mismas comiencen a hacerse efectiva.

También se faculta al Poder Ejecutivo a extender los beneficios de la norma a otros familiares, así como a enfermedades crónicas.

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