Plantean dudas sobre técnica oncológica practicada en Uruguay a 190 mujeres
El ex ministro Alfonso Varela recibió en mayo de 2002 una denuncia de la Federación de Funcionarios de Salud Pública (FFSP) que interrogaba sobre un trabajo experimental de los doctores Félix y José Leborgne, en un grupo de 190 mujeres que padecían cáncer de cuello de útero.
Los médicos realizaron la investigación en el Hospital Italiano entre los años 1986 y 1993. El trabajo se denominó «Fraccionamiento en Braquiterapia de Mediana Tasa de Dosis en Cáncer de Cuello Uterino».
En el tratamiento de braquiterapia sólo existen en el mundo dos sistemas aprobados: el de Baja Tasa de Dosis que es el que se aplica en todo el país y Alta Tasa de Dosis.
Los doctores Leborgne tenían la incertidumbre sobre qué sucedía si se aplicaba a los seres humanos una Mediana Tasa de Dosis y en eso se basó su trabajo que se extendió durante siete años.
La pregunta del gremio de funcionarios es si los pacientes sometidos a este tratamiento conocían que estaban siendo parte de una investigación experimental. Aunque el trabajo terminó hace 10 años, la clínica de los doctores Leborgne, claro está, continúa funcionando.
LA REPUBLICA se comunicó el jueves con la clínica radiológica «Leborgne doctores» pero los médicos decidieron no responder a los dos llamados que realizó este medio. El viernes 16 se reiteró el llamado a Félix Leborgne, esta vez a su domicilio, se le explicó la situación a su esposa que fue la que atendió el teléfono, pero tampoco recibimos respuesta de Leborgne.
Los médicos investigaron durante 7 años a 190 mujeres que padecían cáncer de cuello de útero, quienes para el trabajo científico fueron subdivididas en cuatro grupos.
El objetivo del trabajo clínico fue «establecer un fraccionamiento óptimo para la Mediana Tasa de Dosis (MDR) en braquiterapia a partir de datos retrospectivos tratados con diferentes esquemas de MDR comparándolos con un esquema de baja tasa de dosis (LDR)», consigna el informe.
Según los resultados obtenidos, en cuanto a las complicaciones grado 2 y 3 rectales o vesicales fueron 0% para Baja Tasa de Dosis (LDR) es decir, el sistema aprobado y utilizado en nuestro país ; 83% para el grupo MDR 1 y 30% para el grupo MDR 3, es decir, Mediana Tasa de Dosis, que era el objetivo de la investigación.
El trabajo se publicó en el International Journal of Radiation Oncology, Biology and Physics, Volumen 35, Número 5, páginas 907, 914, en el año 1996.
El diputado Luis José Gallo (Encuentro Progresista) dijo el jueves a LA REPUBLICA que «este es un trabajo clínico como hay otros, que es aceptable que se hagan pero bajo determinadas normas». Recordó que «existe un Código de Etica del Sindicato Médico y de la Federación Médica del Interior, que consigna normas éticas para los médicos». El legislador, que además es médico, señaló que este año se aprobaría el proyecto de Colegiación Médica «que hará obligatorio el cumplimiento de las normas».
La pregunta es qué hubiera pasado continuó Gallo «con las mujeres que formaron parte de un determinado grupo y no de otro y si se hubieran podido o no curar», señaló.
De normativas ni hablar
El tratamiento de braquiterapia con una Mediana Tasa de Dosis implica que la fuente de cesio que alimenta el aparato de radioterapia tenga una vida útil de 30 años. Sin embargo, si se aplicara la Alta Tasa de Dosis cuya fuente es de iridio, su vida útil es de 70 días.
LA REPUBLICA confirmó que quedó en foja cero la denuncia de la Federación de Funcionarios de Salud Pública, (ante el ministerio correspondiente) sobre si la investigación había sido autorizada previamente por los pacientes sometidos al estudio.
«En octubre de 2001, la Federación de Funcionarios de Salud Pública elevó una denuncia en la Comisión Salud de Diputados, pero coincidió con la época que el Ministerio de Salud Pública estaba ocupado en los problemas que originó la aplicación de la vacuna cubana contra la meningitis», relató Adriana Amado, médica que cumple funciones en el Instituto Nacional de Oncología.
En octubre de 2001 aún permanecía en el cargo el ex ministro Luis Fraschini y en mayo de 2002, un mes después que asumiera la secretaría de Estado el ex ministro Alfonso Varela, la denuncia de marras «llegó al despacho de Varela pero tampoco le dio importancia», relató Amado. Agregó que el 30 de mayo de 2002, se «nos respondió nuestra denuncia mediante una carta firmada por la doctora Delia Sánchez de la División de Servicios de Salud».
LA REPUBLICA consultó a la doctora Sánchez quien explicó que «en Uruguay no existe normativa para regular las investigaciones en seres humanos». La única normativa continuó , es de 1998 y fue elaborada a nivel del Mercosur, pero sólo tiene relación con investigaciones farmacológicas.
Consultada sobre por qué el MSP no continuó la investigación (sobre el nuevo tratamiento oncológico) siendo que la cartera debe actuar como policía sanitaria, Sánchez respondió que «sólo podemos actuar cuando existen denuncias por omisiones o negligencias, pero no actuamos de oficio». Y aunque admitió que la FFSP había hecho llegar su denuncia acerca del estudio clínico en el Hospital Italiano, Sánchez explicó que la duda del gremio era si la investigación de los Leborgne «se ajustaba o no a las normativas. Se respondió, pues, que en Uruguay no hay normativas, por ello el MSP no continuó la indagación». *
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