Suprema Corte

Adictos: detectan “problemas de constitucionalidad” para la internación compulsiva

Foto: fundacionzoe.org

Según el proyecto –incluido en las 15 propuestas de seguridad del gobierno- se podría conducir “en forma inmediata” a los adictos, “siempre que tal circunstancia resulte un peligro para sí o para terceros”.

El ministro de la Suprema Corte, recordó que el artículo 15 de la Constitución establece que nadie puede ser detenido sino por orden del juez competente o por in fraganti delito. “Y esta solución de captar a personas que supuestamente están consumiendo o han consumido en la calle por brigadas de funcionarios administrativos es muy complicada y habría que buscarle una formulación más coordinada con los principios constitucionales”, dijo el magistrado, según publica el diario El Observador.

La reformulación del castigo de las faltas

Consultado sobre la eventualidad que se apruebe volver a castigar las “faltas”, Pérez Manrique reconoció que habría la necesidad de “devolverle al Poder Judicial, los recursos necesarios para poder instruir y sancionar las faltas, porque si no estaríamos en una suerte de círculo vicioso: la Policía actuaría y el Poder Judicial no tendría recursos para juzgar”.

Recordó que actualmente esos recursos se encuentran “muy retaceados. Si hubiera una actitud masiva de represión de las faltas de parte de la Policía, el Poder Judicial tendría muy serias dificultades para instruir”.

Apuntó que además de los diez centros de mediación ya fijados en el interior, se pidieron diez más, “pero el Poder Ejecutivo no lo previó en la Rendición de Cuentas”.

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