La UTU será ente autónomo dotado de independencia técnica, financiera y administrativa

El documento indica que la Universidad del Trabajo (UTU) es persona jurídica estatal y tendrá la naturaleza jurídica de ente autónomo de educación técnico-profesional. La institución estará dotada de autonomía técnica, administrativa y financiera; su domicilio será la capital de la República, sin prejuicio de los domicilios especiales que se establezcan.
Desde el 2005, la UTU implementa una política dirigida a desarrollar una educación tecnológica y profesional. El desafío es formar técnicos y emprendedores que no tendrán un puesto de trabajo cuando se reciban, ellos mismos deberán crearlos. «Los fines anhelados son formar profesionales con perfil creativo y emprendedor, compromiso social e inserción crítica y proactiva en el trabajo y la sociedad», indica el texto.
A su vez, el documento propone que el ente asuma responsabilidades sociales y cívicas, trabaje con y para la sociedad de acuerdo a los problemas de cada región, que genere espacios y participe en ámbitos colectivos.
Algunos de sus cometidos serán: a) diseñar y desarrollar políticas educativas técnicas, tecnológicas y la formación profesional correspondiente a la educación media y terciaria; b) garantizar el derecho a la educación en el ámbito de sus competencias e impulsar programas nacionales y regionales; c) asegurar las orientaciones y principios generales de la educación pública previstos en la Ley N° 18.347; d) cooperar con otras instituciones del Sistema nacional de Educación Pública y relacionarse con instituciones privadas nacionales o extranjeras; e) formar una red de centros regionales para ser referentes territoriales; f) producir bienes y servicios relacionados a actividades empresariales, integrar los polos científicos tecnológicos y realizar investigaciones para brindar soluciones a los problemas y necesidades de la sociedad.
Estructura y presupuesto
La UTU será dirigida por un Consejo Directivo integrado por tres miembros. El director será designado por el Poder Ejecutivo —previa venía de la Cámara de Senadores—, y los restantes, serán electos por los docentes del ente y los estudiantes respectivamente. Los directores del consejo estarán cinco años en sus funciones contados a partir de su designación. Y tendrá una Secretaría Docente y una Secretaría Administrativa, cuyos titulares serán designados por el Consejo Directivo.
El patrimonio del organismo estará conformado por los bienes, créditos, recursos, partidas presupuestales, derechos y obligaciones correspondientes a la Universidad del Trabajo del Uruguay. Sumado a partidas de dinero que se asignen por las leyes de presupuesto, rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal y frutos naturales, industriales y civiles de sus bienes.
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