ALLANAMIENTO

Fiscal de Corte Juan Gómez dijo que no se incautarán instrumentos de trabajo de ningún periodista

El fiscal general de la Nación, Juan Gómez, dijo que la fiscal de Delitos Sexuales de 6º Turno, Mariana Alfaro, no consideró, al solicitar el allanamiento de Azul FM y el domicilio del periodista Ignacio Álvarez, “lo que podría ser la afectación de un derecho que tienen todos los comunicadores sociales que es la reserva de las fuentes. Aclaró que esa medida no se cumplió no se habrá de cumplir y no hay ninguna razón para que ningún periodista pueda estar sujeto a la incautación de su instrumento de trabajo”.

Fiscal general de la Nación, Juan Gómez.
Fiscal general de la Nación, Juan Gómez.

Este lunes, el fiscal de Corte, Juan Gómez, recibió a una delegación de la Asociación de la Prensa del Uruguay (APU) por el allanamiento que solicitó la fiscal Mariana Alfaro a la radio Azul FM y al domicilio del periodista Ignacio Álvarez en el marco de la investigación penal por la difusión en el programa “La Pecera” de audios de íntimos vinculados al caso de “violación grupal” que denunció una mujer de 30 años.

Tras la reunión, y en el marco de una conferencia de prensa, Gómez confió que la mente de la fiscal Alfaro estaba puesta en la “investigación de una conducta con apariencia penal, no consideró lo que podría ser la afectación de un derecho que tienen todos los periodistas que es la reserva de las fuentes”.

Agregó que dicha consideración ulterior de ese derecho es la que le lleva a afirmar que esa medida no se cumplió, no habrá de cumplirse y “no hay ninguna razón para que ningún periodista pueda estar sujeto a la incautación de su instrumento de trabajo, como lo es su teléfono celular.

El fiscal de Corte expresó que la información que se buscaba podría estar, pero no le consta, “en posesión de otros periodistas y que, sin embargo, a nadie se le ocurrió reclamarles esos eventuales audios”.

Aclaró que el origen de toda la situación es que la persona investigada manifestó que poseía otros audios o videos que serían importantes para la investigación del hecho.

Dijo que la decisión de la fiscal actuante se basó en el artículo 92 de la Ley de Género, el cual establece: “El que difunda, revele exhiba o ceda a terceros imágenes o grabaciones de una persona con contenido íntimo o sexual, sin su autorización, será castigado con una pena de seis meses de prisión a dos años de penitenciaría.  En ningún caso se considerará válida la autorización otorgada por una persona menor de 18 años de edad. Este delito se configura aun cuando el que difunda las imágenes o grabaciones haya participado en ellas. Los administradores de sitios de internet, portales, buscadores o similares que, notificados de la falta de autorización, no den de baja las imágenes de manera inmediata, serán sancionados con la misma pena prevista en este artículo”.

Derecho internacional

“Era eso lo que se estaba procurando concretar en una investigación de naturaleza penal. De modo alguno se estaba intentando vulnerar fuentes y derechos consagrados internacionalmente y también legalmente en nuestro país”, afirmó Gómez.

Reivindicó que la defensa de los derechos de los comunicadores está garantizada, no corre ningún tipo de riesgo. “No vamos a perseguir a ningún periodista”.

Por otro lado, aclaró que a la Fiscalía General de la Nación también “le interesa de sobremanera la protección todos los derechos que afectan a las personas y más que nada en relación a las víctimas”.

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