“Sería ilegítimo y antidemocrático pretender evitar un referéndum contra la Ley de Urgencia”
El doctor en Derecho y Ciencias Sociales Óscar López Goldaracena expresó que pretender ahora, luego de que se aprobó la Ley de Urgente Consideración, modificar el régimen de impugnación y evitar que el referéndum se lleve a cabo, sería absolutamente “ilegítimo y antidemocrático”.
Días pasados, el PIT-CNT decidió iniciar una campaña de recolección de firmas para impulsar un referéndum y derogar total o parcialmente la Ley de Urgente Consideración del gobierno.
En las últimas horas, se conoció una propuesta del diputado del Partido Nacional Pablo Viana por la cual pretende modificar la Ley 16.017 del año 1989 (referida a las modificaciones a la Ley de Elecciones), que reglamentó la norma constitucional sobre el mecanismo de referéndum y que establece que las leyes de urgencia, aunque sean de iniciativa del Poder Ejecutivo, pueden ser sometidas a una consulta popular.
La iniciativa de Viana establece que: “No son impugnables mediante recurso de referéndum: las leyes constitucionales (literal D) del artículo 331 de la Constitución; las leyes cuya iniciativa es exclusiva del poder Ejecutivo; y las que establezcan tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales)”.
También establece que no estarán comprendidas las leyes interpretativas de la Constitución.
Ilegítimo y antidemocrático
A raíz de la propuesta de Viana, el abogado Goldaracena dijo a LARED21 que al momento de la sanción de la Ley de Urgente Consideración (LUC) y en la actualidad, regía y rige la Ley 16.017, y “dicha norma habilita expresamente el referéndum contra las leyes de urgencia”.
Por lo tanto, pretender ahora, luego de que se aprobó la LUC, modificar el régimen de impugnación y evitar que el referéndum se lleve a cabo, sería absolutamente ilegítimo y antidemocrático.
Goldaracena indicó que “ninguna Ley puede suprimir, retroactivamente, derechos adquiridos”.
Para el caso, ninguna Ley puede eliminar el “derecho ya adquirido” de la ciudadanía a movilizar un referéndum contra la LUC. Este derecho “ya nació” y los plazos para impugnar comenzaron a correr el mismo día en que se promulgó la LUC, remarcó.
Goldaracena aseguró que la Ley vigente es clara y permite a la ciudadanía, si así lo desea, interponer el recurso de referéndum. “Si este régimen se modifica en cualquier aspecto, los cambios aplicarán para el futuro, siempre y cuando sean constitucionales, pero no podrán quitarle el derecho al cuerpo electoral a pronunciarse sobre la LUC conforme a la Ley y al procedimiento que estaba vigente cuando esta Ley se aprobó”.
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