DE VUELTA

Marcha atrás: Lacalle Pou derogó decreto firmado “por error” que establecía registro de conductores

Álvaro Delgado dijo este domingo que la firma del decreto fue "un error" y que este quedó "subsanado".

Secretario de Presidencia, Álvaro Delgado. Foto: Presidencia.
Secretario de Presidencia, Álvaro Delgado. Foto: Presidencia.

El secretario de la Presidencia de la República, Álvaro Delgado, informó este domingo que el decreto que establecía que los vehículos solamente podrían ser conducidos por su dueño registral o por una persona autorizada (con un máximo de cinco permisos) quedará sin efecto ya que fue firmado «por error» por Luis Lacalle Pou.

El decreto N°264, con fecha 24 de setiembre de 2020, reglamentaba la Ley N°19.824 que ordena la circulación vehicular en el territorio nacional y fue derogado por el mandatario el domingo, según explicó Delgado en el programa Séptimo Día.

Ya está «subsanado», dijo, y añadió que «es un error ya subsanado» y agregó que «en los hechos tendrá vía jurídica a partir de este lunes».

«Fue un error y me parece que en esto está bueno decir la verdad, con humildad y sin soberbia» al admitir que «hubo un error», adujo.

«Había un decreto y ese artículo no iba en el decreto y hubo un error en el control de cambios y no se llegó a implementar», agregó.

El secretario presidencial añadió que Lacalle pidió proyectar un nuevo decreto que estará firmado en los próximos días.

El decreto

El documento, que había sido firmado por el mandatario, pretendía «controlar la informalidad que se constata en la transferencia de los derechos que recaen sobre los vehículos automotores».

«Los titulares del registro vehicular departamental podrán autorizar a terceras personas para conducir y hacer circular el vehículo», se leía en el decreto ahora derogado, y continúa rezando que el Congreso de Intendentes «podrá establecer en forma unificada el número de posibles terceros autorizados, teniendo en cuenta el destino y giro de actividad de los vehículos a los efectos de establecer tratamientos diferenciales».

«De constatarse la circulación de vehículos con permiso de circulación provisorio vencido, los gobiernos departamentales podrán retirar el vehículo de la vía pública y depositarlo en el lugar destinado a tal efecto. El vehículo solo podrá ser retirado del depósito por el titular del registro vehicular departamental o persona autorizada. Los gastos de traslado y depósito serán a cargo del titular del registro vehicular departamental», establecía. Todo esto ahora quedó sin efecto tras la marcha atrás de Presidencia.

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