Rechazo

Cámara de Comercio califica a Ley de Inclusión financiera de Gran hermano de la DGI

La Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay cuestionó la Ley de Inclusión financiera, por la cual se establece una rebaja del IVA para transacciones con tarjetas de débito y otros instrumentos electrónicos, por considerar que viola los derechos fundamentales del ciudadano.

La Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay cuestionó la Ley de Inclusión financiera

A partir del viernes 1° de agosto comenzará a regir la Ley de Inclusión financiera por la cual se establece una rebaja de 4 puntos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para transacciones realizadas mediante tarjetas de débito o instrumentos electrónicos similares.

Las compras menores a 11.500 pesos realizadas con tarjetas de débito o mediante instrumentos análogos, tales como tarjetas prepagas, teléfonos celulares o internet y pagos por cajeros automáticos, “tendrán una rebaja de 4 puntos de IVA”.

Asimismo, en las compras efectuadas con tarjetas de crédito, la rebaja será de 2 puntos de IVA.

Gran hermano

Sin embargo, la Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay rechaza la Ley

El presidente de la Cámara de Comercio y Servicios del Uruguay, Carlos Perera, dijo que a la Ley se la puede llamar “el Gran Hermano de la DGI, porque con ella van a saber absolutamente todos los movimientos de los habitantes del país”.

“La ley viola derechos fundamentales del ciudadano, es decir, el derecho de elección, porque si quiero vender puedo elegir bajo qué forma quiero vender, pero la normativa no sólo que obliga sino que además sanciona”, cuestionó.

Dijo que la disposición del gobierno tiene como objetivo “el control fiscal”.

Otros derechos

Asimismo, la Ley de Inclusión financiera prevé que a partir del 1° de octubre de 2014 aquellos trabajadores y jubilados que al día de hoy no cobran a través de bancos o redes de cobros y pagos, puedan acceder a una tarjeta de débito y una cuenta bancaria sin ningún tipo de costo.

También establece un cronograma que se extiende hasta mayo de 2017, que pasará a ser obligatorio para el pago de sueldos o jubilaciones mediante esta modalidad.

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