el mercado se autorregula

Bancos obligan a pagar 100% de las hipotecas de las casas sepultadas por la lava en La Palma

Los banqueros entienden que lo acordado debe cumplirse y que se deben pagar la totalidad de los préstamos y sus respectivos intereses.

La lava llega hasta la puerta del banco La Caixa, en el barrio La Laguna, en La Palma. Foto cortesía de El Times
La lava llega hasta la puerta del banco La Caixa, en el barrio La Laguna, en La Palma. Foto cortesía de El Times

Algunos bancos con sede en La Palma, Islas Canarias, están comunicando a los clientes que han perdido sus viviendas por la lava del volcán Cumbre Vieja que deberán pagar la totalidad de sus préstamos hipotecarios con el dinero que les sea otorgado por parte del Consorcio de Seguros.

Decenas de familias afectadas por la devastadora crisis volcánica se han quejado por lo que consideran una práctica bancaria “impropia” en medio de una situación de excepcionalidad que se vive desde que el Cumbre Vieja entró en erupción el pasado 19 de setiembre.

Miles de personas han sido desplazadas de sus hogares y cientos de edificaciones han quedado sepultadas por la lava.

Al respecto, aclaran los denunciantes, “aunque en casi todos los casos el dinero de la tasación no compensa el valor de la vivienda arrasada por el volcán, la entidad bancaria impone el pago del préstamo”. Consideran que esa detracción de fondos de los clientes ante una casuística como la que ocurre en la Isla, podría suponer “la comisión de un posible tipo delictivo de apropiación indebida recogido en el 253 del Código Penal”, según informó el diario local canario El Time.

El medio consultó con varios juristas, que referenciaron a la legislación vigente que indica que “la obligación principal del préstamo concertado con una entidad bancaria es un pago determinado y obligatorio, de forma mensual, de la cuantía establecida. Para el caso del préstamo con garantía hipotecaria, si no se cumple con esa obligación, una vez declarado el incumplimiento, se puede ejecutar la cláusula que hipoteca el bien inmueble”.

Sin embargo, el objeto del seguro es la vivienda en sí, no el préstamo hipotecario, o sea que aunque la propiedad sea la garantía del préstamo, el problema no se le ha generado al banco que sigue recibiendo el pago concertado, sino al cliente al que el Consorcio tiene que pagarle la prima acordada. Ese deudor “seguirá con la obligación de pagar el préstamo aunque el bien de garantía ya no exista”, indicó uno de los juristas consultados.

La única respuesta por parte del gobierno fue un decreto real que suspendió por seis meses el pago de cuotas bancarias para los afectados, pero luego deberían reactivarse los pagos.

¿Qué dicen los bancos?

El Times consultó a altos funcionaros de bancos envueltos en el asunto, quienes prefirieron hablar desde el anonimato. Uno de ellos dijo que el Seguro de Hogar se contrata en conjunto con la hipoteca para cubrirla en caso de ser necesario y que, sino existiera tal seguro, el préstamo directamente no se otorga.

Cuando se tramita el expediente del daño generado, aclaran, “el Consorcio te pide el seguro de hogar. Te pregunta si tienes hipoteca y solicita un documento del banco como trámite. En ese momento, el banco intervente para que el cliente asegurado firme el papel que confirma a la entidad como beneficiaria del pago. Ese documento exige el pago completo de la hipoteca con el ingreso de la prima”.

Los banqueros entienden que es lo acordado que se use el seguro de todo riesgo sobre la vivienda para pagar la hipoteca, incluyendo la totalidad de los intereses.

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