derecho al aborto

Corte Suprema de México invalida el concepto de “objeción de conciencia” respecto al aborto

Esta herramienta era usada por los médicos conservadores para rehusar practicar un aborto, que ahora es legal en diversos estados de México.

Grafitti pro aborto hecho en una pared en Montevideo, Uruguay. Foto: Eduardo Velázquez / Flickr
Grafitti pro aborto hecho en una pared en Montevideo, Uruguay. Foto: Eduardo Velázquez / Flickr

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este lunes 20 de setiembre que la objeción de conciencia no es válida para negarle a una mujer su derecho a practicarse un aborto en los estados en que es legal.

La máxima autoridad judicial de México urgió al Poder Legislativo federal y a los congresos locales corregir las legislaciones que habilitan ese concepto.

La objeción de conciencia es una herramienta usada por los profesionales de la medicina que antepongan sus creencias religiosas personales al derecho de la mujer a abortar. Suelen aducir que practicar una interrupción voluntaria del embarazo va contra sus principios morales, y por eso suelen rehusarse a llevarlo a cabo.

Luis María Aguilar Morales, ministro ponente de la resolución, explicó que se declaran válidos los derechos de libertad religiosa y de conciencia, pero que estos no pueden estar por encima de los derechos sexuales y reproductivos de las personas gestantes.

Aguilar añadió que en caso de anteponerse la objeción de conciencia, se violenta el derecho de las mujeres a abortar donde sea que la legislación lo habilita, y se viola el derecho a la igualdad de género.

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