Justicia salvadoreña exonera a joven condenada por haber sufrido un aborto espontáneo en el 2016
Evelyn Hernández fue absuelta en El Salvador después de 3 años de proceso. Sufrió un parto extra hospitalario en 2016 y fue condenada a 30 años de cárcel acusada de homicidio agravado.
Una corte de Sentencia de El Salvador absolvió este lunes a Evelyn Hernández, de 21 años, del delito de homicidio agravado cometido al supuestamente abortar en 2016 y por el que pedían 40 años de cárcel.
«¡Absuelta!!!, sí se pudo», escribió en Twitter la abogada Bertha María Deleón, del equipo que defendió a Hernández.
La joven salvadoreña ya había sido condenada por este caso en julio de 2017 a 30 años de cárcel, pero la sentencia fue anulada en febrero de este año.
Deleón explicó a la prensa que el juez «ha dicho que no había forma de comprobar el delito y por eso la absolvió; y ha dicho que fue un parto complicado, como el de muchas de las mujeres que aún están presas por el delito de homicidio».
Los q trabajamos y acompañamos a las mujeres q sufren injusticias, sabemos q en cada caso dejamos un poquito de vida… pero todo vale la pena cuando se logra JUSTICIA y LIBERTAD y estos momentos de felicidad intensa están a nuestra alcance. #resistiryluchar #JusticiaParaEvelyn pic.twitter.com/gO7YOLbzfr
— Bertha María Deleón (@berthamariaD) August 20, 2019
Hernández por su parte dijo que ahora sus metas son continuar estudiando y «salir adelante».
«Gracias a Dios se hizo justicia. Todo este tiempo fue duro porque me acusaban de algo de lo que yo era inocente (…) espero que muchas muchachas (mujeres condenadas por abortar) salgan pronto (de la cárcel)», expresó.
El caso se remonta al 6 de abril de 2016, cuando la joven tuvo un «parto extrahospitalario» en una letrina. Luego, al llegar a un hospital de la oriental ciudad de Cojutepeque, quedó detenida y acusada de homicidio agravado.
En El Salvador el aborto está prohibido en todas sus formas y actualmente hay 16 mujeres encarceladas por abortos o pérdidas gestacionales.
El Código Penal salvadoreño, en su artículo 133, establece una pena de 2 a 8 años por aborto. Sin embargo, fiscales y jueces tipifican los casos de aborto -incluso los espontáneos- como homicidio agravado, un delito penado con 30 a 50 años de prisión.
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