JUBILACIONES

Causal jubilatoria será con 65 años de edad y 30 de trabajo para nacidos desde 1971 en adelante

El anteproyecto de Ley de reforma de la seguridad social establece que las personas nacidas en 1971 en adelante configurarán causal jubilatoria con 30 años de trabajo y 65 años de edad. Quedan excluidos de la edad mínima de 65 años los trabajadores rurales y de la construcción, mientras que otros rubros podrán solicitar mantener los 60 años si acreditan “un alto grado de esfuerzo físico”.

Foto: UNsplash / Christian Langballe.
Foto: UNsplash / Christian Langballe.

El anteproyecto de Ley de reforma de la seguridad social se denomina: “Sistema Integrado Previsional”, consta de 307, y establece que el régimen jubilatorio actual será de aplicación plena a quienes hayan configurado causal jubilatoria o la configuren hasta el 31 de diciembre de 2026.

El régimen será de aplicación parcial a las personas comprendidas en la convergencia de regímenes. Se aplicarán a las personas afiliadas al Banco de Previsión Social comprendidas en el mismo a la fecha de vigencia de la nueva ley. Dichas disposiciones serán de aplicación también a quienes ingresen al mercado de trabajo a partir de dicha fecha, cualquiera sea la afiliación (Banco de Previsión Social, Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial, Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, Caja Notarial de Seguridad Social y Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios.

El anteproyecto de Ley del gobierno que establece el nuevo Sistema Integrado Previsional, dispone que las personas nacidas en 1966 o antes, cualquiera sea su afiliación jubilatoria, configurarán causal conforme las disposiciones vigentes por el régimen actual.

Mientras que las personas con 30 o más años de servicios computados, cualquiera sea su afiliación jubilatoria, configurarán causal jubilatoria al alcanzar la edad normal de la siguiente manera: para los nacidos en 1967 una edad jubilatoria de 61 años, en 1968 requerirán 62 años, en 1969 deberán tener 63 años y los nacidos en 1970 llegar a los 64 años.

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He aquí el proyecto íntegro:

Anteproyecto Reforma Seguridad Social by Mauricio on Scribd

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