derechos humanos

Juan Faroppa (INDDHH) sobre propuesta de liberar represores: “no se puede aceptar ninguna forma de impunidad”

Respecto al proyecto de ley que plantea prisión domiciliaria para los mayores de 65 años, el presidente de la Institución de Derechos Humanos, Juan Faroppa, afirmó que “lo que no se puede aceptar es ninguna forma de impunidad”.

 

Sobre la violación a los derechos humanos ocurridos durante la Dictadura Cívico Militar “los estándares internacionales le exigen a los Estados el compromiso público de no volver a reiterar ese tipo de violaciones, reconocer que han sido violaciones gravísimas, y como forma de reparación, hacer efectivo el compromiso de  generar las medidas que estén a su alcance para obtener la verdad de lo que sucedió en esos años” subrayó Faroppa

Juan Faroppa es abogado, profesor adjunto de la cátedra de Derechos Humanos de la UDELAR y docente del Instituto Interamericano de Derechos Humanos.


 

Usted ha dicho que se necesita un compromiso explícito del sistema político con la Institución Nacional de Derechos Humanos ¿a qué se debió dicho planteo?

 

Las defensorías del pueblo o instituciones nacionales de derechos humanos, son organismos de control relativamente nuevos, la doctrina le llama los nuevos mecanismos de control, nuevos en relación a los mecanismos clásicos dentro de la estructura del Estado, el control político que realiza el Parlamento, el Poder Judicial, la Fiscalía, el Ministerio Público que además es el titular de la acción penal del Estado. Las instituciones de derechos humanos, aparecen no hace mucho tiempo en el escenario institucional. Eso lleva a que exista cierto desconocimiento por parte de la sociedad en general y también dentro del sistema político, los que todavía no terminan de comprender la función de este tipo de estructuras, que son parte del Estado y que integran los sistemas que tienen los estados democráticos para el control de su actividad.

En nuestro caso concreto, el contralor que realizamos, además de las tareas de colaboración y asesoramiento a los organismos públicos, el contralor que hacemos, es el cumplimiento por parte del Estado, de sus compromisos en materia de derechos humanos. Por una parte, es un tema vinculado a la necesidad de que se profundice más ese conocimiento, a los efectos de que el sistema político tenga menos adversión y sospecha, muchas veces fundadas erróneamente, respecto a las defensorías del pueblo. En segundo lugar vinculado con esto, como cualquier órgano de control en todo el mundo, las instituciones nacionales de derechos humanos tienen una relación compleja, multifacética con el Estado, porque son órganos  que contribuyen a que el Estado cumpla con sus obligaciones en materia de derechos humanos, y a la vez son órganos de control y por lo general, cuando las instituciones realizan su trabajo, ese vinculo con las autoridades del Estado es complicada, muchas veces genera resistencia, porque es natural que cualquier control o señalamiento de si hemos cometido un error, es algo que no nos cae bien.

Por último, hay un tema en Uruguay en particular, que es que cualquier expresión de derechos humanos, por lo general,  cada vez menos pero todavía se da, nos lleva inmediatamente a las secuelas de la represión, el terrorismo de estado, a las situaciones que atravesó el país que generó violaciones gravísimas de los derechos humanos en forma de ejecuciones, desapariciones forzadas, torturas, violaciones, prisiones prolongadas. Esta última situación, lleva a que el diálogo con algunos sectores de la sociedad, que tienen una mirada muy particular sobre ese pasado, genera también una actitud de ponerse a la defensiva, porque cualquier referencia a derechos humanos se asocia con eso. En Uruguay todavía estamos hablando de las secuelas de ese pasado, tenemos una agenda muy amplia respecto a derechos humanos, que tiene que ver con situaciones concretas, puntuales, que todas las personas que vivimos en Uruguay hoy, atravesamos todos los días.

Con el Sr. Presidente de la República todavía no hemos pedido entrevista, si lo hemos hecho con otros funcionarios del Ejecutivo y del Legislativo, con referentes de los partidos políticos, es una posibilidad que está pendiente.

¿Han tenido entrevista con el Presidente de la Republica, la han pedido y aún no han sido recibidos?

Con el Sr. Presidente de la República todavía no hemos pedido entrevista, si lo hemos hecho con otros funcionarios del Ejecutivo y del Legislativo, con referentes de los partidos políticos, es una posibilidad que está pendiente. Obviamente que sabemos de la compleja agenda que tiene el Presidente de la República, pero es una alternativa que está presente y en cualquier momento lo podemos hacer. Nos hemos reunido con la vicepresidenta de la República, con la escribana (Beatriz) Argimón, que además es la Presidenta de la Asamblea general, además al tener la INDDHH un vínculo muy fuerte con el Poder Legislativo, también tenemos una relación de trabajo permanente con la Asamblea General. 

(Prisión domiciliaria para los mayores de 65 años) Son temas que hay que manejarlos con cuidado y con trabajo, estudiar y ver que otras alternativas se han dado en otros países a ver sí corresponde o no, partiendo de la base que es algo que para la Institución de Derechos Humanos es un tema muy caro.

Respecto al proyecto de ley que plantea prisión domiciliaria para aquellos mayores de 65 años ¿Han estudiado el tema? ¿Tienen posición al respecto?

Institucionalmente no, no  se ha abordado el tema, en una horas tenemos la sesión semanal del Consejo Directivo y es probable que lo analicemos. Es un tema de una delicadeza y de una significación que a nadie se le escapa, que tiene un impacto muy fuerte en el debate político. Del debate o del intercambio de “munición de grueso calibre”, que se da tanto en los medios masivos o en las redes sociales, también somos conscientes institucionalmente y lo digo a título personal pero con la cabeza de integrante del Consejo Directivo de la Institución, de la enorme relevancia que esto tiene, entre otras cuestiones, por la discusión sobre derechos humanos en Uruguay. Quiero aguardar que el Consejo Directivo resuelva si va a tomar el tema o no y eventualmente pueda existir una posición institucional sobre el tema. Podrá ser asumida por unanimidad por los cinco directores, será por mayorías, se podrán hacer las puntualizaciones que cada director tenga sobre el tema, pero cabe esperar que tengamos una posición concreta de la Institución, para contribuir al debate de una manera positiva y no generar más rispidez, con un tema de tanta complejidad. Tampoco se nos escapa que está vinculado a otros aspectos, y es lo que dejó y aún está vivo de los tiempos del Terrorismo de Estado, se ha hablado hace poco de la posible reparación a víctimas de los actos armados en tiempos de la subversión en Uruguay.

También se ha hablado de seguir avanzando en la reparación a las víctimas del Terrorismo de Estado, es decir, aquellas personas que no han recibido una reparación integral a los daños que se les generó durante la dictadura cívico militar. Son temas que hay que manejarlos con cuidado y con trabajo, estudiar y ver que otras alternativas se han dado en otros países a ver si corresponde o no, partiendo de la base que es algo que para la Institución de Derechos Humanos, es un tema muy caro, como institución tenemos la obligación legal de defender que las decisiones que tome el Estado uruguayo se adopten dentro de las normas y los estándares del derecho de los derechos humanos. 

¿Qué dicen  los estándares internacionales respecto a la prisión domiciliaria para aquellos mayores de 65 años que cometieron delito de lesa humanidad?

Lo que no se puede aceptar es ninguna forma de impunidad, cualquier violación a derechos humanos, va de la mano a acciones del Estado, porque jurídicamente puede violar derechos humanos jurídicamente consagrados, esto tiene que quedar claro, los particulares podemos cometer delitos graves, incluso aberrantes, pero cuando hablamos de derechos humanos nos referimos a normas jurídicas ejecutables y de obligatorio cumplimiento y que solo el Estado puede violarlas y tiene la obligación de cumplirlas. En primer lugar, que no exista impunidad en relación a los gravísimos delitos que se cometieron  por parte del Estado, gravísimas violaciones a sus obligaciones en materia de derechos humanos que cometió el Estado uruguayo durante la dictadura cívico militar y el Terrorismo de Estado. Además de que no debe existir impunidad, toda conducta debe ser investigada, sometida a la justicia y si se obtienen las pruebas suficientes, se debe establecer la sanción que corresponda.

En materia de estándares de derechos humanos, no se establece si la sanción siempre tiene que ser la privación de libertad, existen otro tipo de penas, pero lo importante además de la pena, que tiene que ver con el grado de sanción que una sociedad le otorga a una persona por la gravedad de la conducta delictiva que cometió, además de eso, lo importante es que exista un señalamiento claro de la gravedad del hecho, que se conozca la verdad de lo que sucedió, que exista un reconocimiento de parte del Estado de esa gravísima vulneración y que se repare integralmente la vulneración que recibió la víctima y sus familiares. En segundo lugar, hay otro tema que es descartar cualquier forma  de discriminación, el trato personalizado, que sea diferente al de otros individuos que están en su misma condición es también inaceptable. Se está violando el principio de no discriminación que es uno de los pilares en materia de derechos humanos. Cualquier medida que se pueda adoptar por parte del Estado, no puede hacer distinciones frente a personas que están en la misma situación. No toda distinción es discriminación, se pueden hacer distinciones para igualar derechos, pero cuando estamos hablando de personas en la misma situación sea por razones de edad, de salud, etc., no se pueden adoptar medidas individualizadas. Otro elemento fundamental a tener en cuenta respecto a los estándares de derechos humanos, junto con la reparación integral a las víctimas, lo que se conoce como garantía de no repetición, el compromiso público por parte del Estado de no volver a reiterar ese tipo de violaciones a los derechos humanos, es reconocer que han sido violaciones gravísimas y como forma de reparación, hacer efectivo el compromiso de  generar las medidas que estén a su alcance para obtener la verdad de lo que sucedió en esos años.

Lamentablemente para los uruguayos, ese tiempo que se perdió en las primeras décadas de la recuperación democrática (1985), llevaron a que mucha información, que pudo estar disponible, se perdiera, no se encontrara.

Desde la INDDHH se le ha pedido al Ejecutivo una política de Estado para el acceso a los archivos militares, incluso porque no se obtiene la información de los archivos que fueron digitalizados en 2006 cuando Azucena Berrutti era Ministra de Defensa ¿es así?

No voy a entrar en detalles que puedan afectar los trabajos que se están haciendo en este momento. La Institución reconoce el compromiso que asumieron respecto a su cooperación en la búsqueda del destino de las personas detenidas desaparecidas durante la dictadura. Se viene trabajando de forma permanente con un equipo sólido, con los medios necesarios tanto a nivel nacional como departamental y aquí involucro a las intendencias de Montevideo y Canelones, existen grupos de historiadores, documentalistas, antropólogos, se está trabajando dentro de las posibilidades que hay. La Institución cree y así lo han planteado los integrantes del Consejo Directivo, que están directamente a cargo de este trabajo, que existe otra información y que hay que seguir trabajando para que esa información esté al alcance de toda la sociedad uruguaya y fundamentalmente que sirva para el trabajo en la búsqueda de los restos de los detenidos desaparecidos.

En los últimos algo más de 15 años, el Estado uruguayo ha cambiado su mirada en relación a sus obligaciones en esta materia, y con avances y con retrocesos, con contribuciones muy importantes pero con debes, no se pueden negar los avances, pero esos avances los comparamos con una política dirigida a la impunidad que se da de 1985 hasta que el Presidente Jorge Batlle decide convocar al primer embrión de algo parecido a una investigación sobre los hechos ocurridos en Dictadura cuando se convoca a la Comisión para la Paz. Lamentablemente para los uruguayos, ese tiempo que se perdió en las primeras décadas de la recuperación democrática (1985), llevaron a que mucha información, que pudo estar disponible, se perdiera, no se encontrara, y además la señal que dio el Estado uruguayo de que su voluntad para llevar adelante una investigación seria sobre estos hechos, estaba condicionada por otros elementos que tuvieron consecuencias nefastas para la situación actual

¿Los archivos que fueron digitalizados en 2006 no se encuentran o están disponibles?

Respecto al trabajo que se está realizando con los archivos se está avanzando, se sigue buscando determinada información, alguna está disponible otra no está disponible y prefiero esperar a tener resultados concretos sobre estos aspectos, para no generar falsas expectativas o informaciones erróneas en un tema de tanta sensibilidad.

Le cambio de tema, la Institución considera que desde hace años hay un retroceso en materia penal y en particular en materia penal juvenil, incluso que se profundiza este retroceso con la Ley de Urgente Consideración (LUC)

En relación a la LUC la Institución ya dijo lo que tenía que decir, se pronunció, elaboró informes que se presentaron en el Parlamento cuando se estaba discutiendo el proyecto de ley de urgente consideración. Lo que teníamos que decir se dijo. En este momento particular, donde todo indica que habrá una consulta popular, la población se tendrá que pronunciar, y la Institución no va a hacer ningún tipo de manifestación porque no está dentro de su competencia y no corresponde que se pronuncie de cuál debería ser la posición de la ciudadanía en relación a este tema. Lo que se tenía que decir ya se dijo. Respecto a la situación de los adolescentes y del sistema penal adolescente, ha tenido un larguísimo recorrido a lo largo del siglo XX, igual que en otros países, en relación a lo que se llamaba antes “los menores infractores”. Es decir, ¿qué hacemos con los menores de 18 años que cometen infracciones a la ley penal? Esas posiciones fueron desde la rebaja de la edad de imputabilidad y eso no se dio en el siglo XX, recientemente hubo iniciativas impulsada por sectores políticos para bajar la edad de imputabilidad en relación a algunos delitos. Eso no prosperó. En un pasado no muy lejano, Uruguay hizo reformas muy importantes en su legislación, con la aprobación del Código de la Niñez y la Adolescencia, y por primera vez se incorpora un proceso penal juvenil, ya no se considera a las personas mayores de 13 y menores de 18 inimputables, se dice que se le va a aplicar un proceso penal específico para adolescentes como el que se requiere a las personas de esa edad, tomando en cuenta el grado de desarrollo personal, emocional, etc. Esa reforma del Código de la Niñez y la Adolescencia fue muy importante, pero ya al poco tiempo, como pasa con muchas cosas en Uruguay, donde se generan avances importantes en materia de legislación penal, ante la primera dificultad o situación grave, en vez de profundizar las medidas que se adoptaron, hay una tendencia a frenar, la famosa dinámica del “impulso y el freno” que caracterizo la política uruguaya con el primer batllismo a principios del siglo XX, bueno también se da en este caso, hay un impulso, se aprueba un nuevo procedimiento penal juvenil, se aprueba un nuevo Código de Proceso Penal y a la primera de cambio, se pone un freno y se retraen las medidas que se adoptaron.

En el caso de los niños y los adolescentes y el Sistema Penal Juvenil, está situación se venía dando de antes que se discutiera la LUC. Esta ley vino a profundizar eso, lo más grave no es solamente la solución que aporta la LUC o las que se aportaron antes, cuando se aumentó la pena de privación de libertad, acá el gran problema es que no hay una mirada basada en argumentos técnicos, no hay una mirada que tenga en cuenta el análisis de la información disponible, las soluciones que se encontraron en otros países similares a Uruguay, sino que los cambios a la legislación responden a situaciones puntuales, a demandas concretas generadas por  hechos concretos y eso es lo grave. No se le da el tiempo suficiente al modelo para poder evaluar cuáles son sus resultados concretos, a la primera dificultad en vez de consolidar y fortalecer se cambia para atrás. Este proceso continúa y lamentablemente no parece que haya expectativas de que pueda cambiar.

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