Globalización y desaparición en la región de legislación laboral

Helios Sarthou, director del Instituto de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Facultad de Derecho y ex senador de la República, le informó a LA REPUBLICA que un proyecto de ley presentado en el parlamento brasileño habilita la anulación de las normas laborales ante la existencia de convenios colectivos. Afirmó que «esto tiene la orientación de las medidas flexibilizadoras y condicionadoras de préstamos que vienen planteadas por el BM y el FMI. Entonces es de temer que se propague a otros países, Uruguay incluido».

En diálogo con LA REPUBLICA el docente y político recordó que en una de las Cámaras del parlamento brasileño ya se aprobó «un proyecto de ley que establece que ante la existencia de convenios colectivos, automáticamente dejará de aplicarse la legislación laboral». De consagrarse en ley, se echaría por tierra «el gran principio de derecho laboral conocido como el del más favorable, según el cual, si para los trabajadores la ley es más favorable que el convenio colectivo, se aplica la ley y no el convenio y viceversa».

Advirtió, incluso, sobre la gravedad de esta situación señalando que si, por ejemplo, en ese convenio no se incluyó la ley de jornadas, se elimina la limitación de jornadas para todo el sector. Preocupa al ex legislador que «lo que se luchó durante un siglo y medio para lograr la limitación de la jornada puede ser borrado».

Agregó que la iniciativa implica «un cambio radical, porque permite que por convenio se regule en perjuicio de la ley y se admite que lo que ha hecho un parlamento pueda ser anulado por particulares».

El abogado laboralista sostuvo que «cuando estas cosas se plantean no se hacen para un solo país». Afirmó que «esto tiene la orientación de las medidas flexibilizadoras que vienen planteadas por el BM y el FMI. Entonces es de temer que esto se propague a otros países, Uruguay incluido». También advirtió sobre la posibilidad de que «sea incluido como condición de negociaciones relacionadas con los pagos de la deuda externa y préstamos».

Sarthou explicó que «las legislaciones laborales siempre constituyen las garantías mínimas generales de derechos laborales; y a través de los convenios colectivos se puede pactar por encima de la norma pero no por debajo». La aprobación del proyecto brasileño significa que «prácticamente se entrega a las partes del convenio colectivo, o sea a sujetos privados, la existencia o no de ley».

Destacó la extrema gravedad de la situación porque la ley siempre ha regido independientemente de la voluntad de los particulares. Además, este proyecto de ley viola la disposición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que establece que ningún convenio se puede aplicar si hay una norma interna más favorable, y no habilita la derogación de la ley.

Teniendo en cuenta la actual situación de la aplicación de la legislación laboral en nuestro país, el profesional considera que «una cosa es que por vía de hecho a veces se perjudique la situación de los trabajadores y otra cosa es que oficialmente se establezca que por acuerdo del patrón y del trabajador se pueden dejar sin efecto las leyes laborales en el sector de actividad que estén».

Sarthou comentó que «esto es de una gravedad tan tremenda que los oficialistas –impulsores del proyecto– se dieron cuenta que podía perjudicarlos en su campaña electoral por lo que se postergó el tratamiento para después de las elecciones».

Recientemente Sarthou participó en un debate realizado en la Universidad de Pelotas entre especialistas de derecho laboral que defienden el proyecto y aquellos que están en contra.

Entre los que se oponen a esta normativa está el profesor Rusomano, un destacado ex juez brasileño. *

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