Ferrere Abogados y CPA/Ferrere brindó asesoramiento sobre las pautas salariales

Empresarios analizan agenda propia para negociar en Consejos de Salarios

La empresa Ferrere Abogados y CPA/Ferrere organizó un foro denominado «Comprendiendo las pautas para los Consejos de Salarios», con el objetivo de ofrecer a directores de empresas elementos para comprender mejor los criterios legales y económicos seguidos por el gobierno en la implementación de los Consejos de Salarios, así como para entender el mecanismo por el cual se deberán ajustar los salarios a partir del 1º de julio.

El doctor Nelson Larrañaga explicó las principales características de la actual formulación de la política de negociación colectiva, destacando la fuerte presencia del Consejo Superior Tripartito (CST), que, en principio, se le asignó la tarea de diseñar los grupos de negociación y proyectar las reformas de la Ley de 1943, que da el marco a los Consejos de Salarios (si bien aún no ha cumplido esta última función). Pero además, de hecho las competencias del CST se han ido ampliando, ya que los trabajadores y el gobierno están de acuerdo en que en este ámbito se discutan temas de protección de la actividad sindical (fuero sindical), y facilidades que debería otorgar la empresa para el ejercicio de la misma (cartelera sindical, licencia sindical).

Frente a esto, Larrañaga sostuvo que los empresarios deberían llevar al Consejo Superior una posición sobre estos puntos y además una agenda propia de temas a negociar, como por ejemplo la reglamentación de las ocupaciones de los lugares de trabajo.

En cuanto a la homologación de los acuerdos, explicó que esto dependerá de un juicio de valor que hará en última instancia el Ministerio de Economía, en función de si los convenios se ajustan a las pautas predeterminadas.

Si en un grupo no se llega a un acuerdo, el gobierno fijará unilateralmente el ajuste de los sueldos y el salario mínimo de ese grupo en base a las pautas fijadas.

En este punto, Larrañaga dijo que en la agenda de temas de negociación con miras a los Consejos de Salarios, los empresarios podrían incluir cláusulas de salvaguarda que permitan renegociar los acuerdos ante un cambio de las condiciones económicas.

 

Características de la pauta

Por su parte, el economista Adrián Fernández ahondó en las características de la pauta de ajuste salarial que deberá seguirse en los Consejos de Salarios, cuya versión final se conoció el pasado 26 de mayo. Los ajustes entrarán en vigencia el 1º de julio de 2005, siendo retroactivos a esa fecha una vez que se alcancen los acuerdos en cada grupo.

El salario a ajustar será el líquido, es decir el nominal menos los aportes y el IRP. Fernández explicó que de esta forma las categorías salariales más bajas «que tuvieron un menor aumento líquido como consecuencia de la rebaja del IRP», se verán más beneficiadas por la aplicación de la pauta.

Esta pauta prevé dos instancias de ajuste salarial: una el 1º de julio de 2005 y otra el 1º de enero de 2006.

El ajuste del 1º de julio de 2005 incluirá cuatro aspectos: la recuperación de la inflación en el período junio/2004 – junio-2005; un mínimo por categoría, que será determinado en cada Consejo de Salarios; la inflación proyectada para el segundo semestre de 2005; y un aumento neto del salario real de 2% como máximo.

El ajuste del 1º de enero de 2006 será más sencillo, ya que sólo incluirá la inflación proyectada para el primer semestre del año, y una nueva recuperación de entre 1% y 2%. En el ejercicio se supuso que componente de proyección de la inflación (enero-junio de 2006) alcanzaba al 2,7%, aunque en la realidad será necesario fijarlo en enero de 2006. En las estimaciones de CPA/Ferrere el ajuste total de salarios a aplicar el 1º de enero de 2006 no debería superar el 5%.

Con las dos recuperaciones de 1% o 2% otorgadas en ambos semestres, se completará un crecimiento del salario real de entre 2% y 4% en el año de vigencia del acuerdo. *

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