Trabajadores del BHU resuelven hoy si aceptan el preacuerdo o lanzan conflicto
En las primeras horas de la tarde de hoy se podrá saber si el personal del BHU acepta el preacuerdo que firmaran miembros del Consejo Central de la Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay (AEBU) y representantes del Poder Ejecutivo. Lo acordado entre las autoridades máximas del gremio con los representantes del gobierno fue cuestionado y rechazado por la mayoría de las agrupaciones que componen el nuevo Consejo de Banca Oficial de AEBU.
La reciente elección en el sindicato bancario determinó que el sector denominado radical incrementara su participación en el organismo de conducción. Por esta razón obtuvieron tres cargos entre los 11 que componen el sector de dirección oficial. Es así que a la hora de tomar posición en torno al preacuerdo el mismo sólo fue apoyado por los cuatro miembros de la Agrupación 98, seis integrantes se opusieron, y se produjo una abstención. Este resultado determina que hoy se presenten en la asamblea, por lo menos, dos informes «políticos» sobre el preacuerdo y dos proyectos de resolución. La Agrupación 98 insistirá en que se acepte la propuesta y la mayoría de las otras corrientes apuntarán a que la misma sea rechazada y que se ponga en marcha un amplio plan de movilización. Actividad a la cual se convocará a participar, si esta opción triunfa, al Sindicato Unico Nacional de la Construcción y Anexos (Sunca) y a Fucvam.
Preacuerdo
En el preacuerdo que se pone a consideración de los trabajadores establece que «la nueva estructura organizativa del BHU comprenderá 750 puestos de trabajo durante la vigencia de este convenio». Para el resto de los funcionarios que integran la actual plantilla del organismo se proponen varias alternativas. Entre ellas figura la redistribución de 200 funcionarios sean redistribuidos en el Banco Central del Uruguay (BCU), Banco de Seguros del Estado (BSE) y Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), a partir de un proceso de selección y «respetando todos los derechos que tenían en el BHU». El personal que configure causal jubilatoria y cumpla 60 años de edad los hombres y 55 años las mujeres, hasta el 28 de febrero de 2005, se establece un régimen de retiro incentivado (…) Este régimen consistirá en el pago de un incentivo equivalente al pago mensual del salario nominal, todos los beneficios y aportes patronales, hasta que configure la causal jubilatoria».
En el punto cuarto se indica que para los casos no previstos en los anteriores numerales se establecerá un mecanismo de Comisión de Servicios para prestar funciones a la orden del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Dirección General Impositiva.
A través de este mecanismo, el funcionamiento segura perteneciendo a la plantilla de funcionarios del BHU, en forma adicional a la estructura establecida en esta cláusula, manteniendo todos los derechos funcionales y jubilatorios como si permaneciera prestando funciones en el BHU».
Dentro del preacuerdo AEBU dejó constancia de que «para garantizar este proceso se considera necesario que se deje sin efecto la eliminación de las partidas presupuestales aplicadas al rubro cero.
Expresa la necesidad de proceder a la discusión del funcionamiento y gestión de los cuatro bancos oficiales».
Nuevo BHU
El preacuerdo también deja establecidas las pautas que se analizaron para el nuevo BHU. A tales efectos se propone el «establecimiento de un gerenciamiento profesionalizado de la gestión de administración, sin perjuicio de las facultades del Directorio de establecer y controlar las políticas, la adopción de todas las medidas necesarias a efectos de proceder rápidamente al abatimiento de los gastos no personales prescindibles y la maximización de la recuperación de cartera». Además, la estructura organizativa comprenderá 750 puestos de trabajo, la definición de un organigrama y una red física nacional acorde al cumplimiento del plan de negocios de la transición, la implementación urgente de un plan para la escrituración de las promesas de compraventa y el fortalecimiento de los planes de ahorro previo». *
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