El derecho de propiedad en el Uruguay
Señor Director deLA REPUBLICA
Dr. Federico Fasano Mertens
«La justicia de las expropiaciones del MTOP»
El desconocimiento del Art. 32 de la Constitución de la República.
Tengo una pequeña chacra y casa sobre Ruta 6 Km. 45,200. Es mi única propiedad. El ministerio inicia acciones de expropiación en octubre de 1988, levanta la designación de expropiación en 1991 por actuación de mis abogados.
Nuevamente designa para expropiación en 1996, se hace la ruta y termina en febrero de 2000.
Yo he pedido siempre justo pago y total de la casa, ya que la misma avanza dentro de la faja de dominio público y el resto queda en zona de exclusión.
El ministerio exige que yo corte la casa inutilizando dos dormitorios y poniendo en riesgo de derrumbe toda la construcción, además de perder totalmente el valor de la misma que está tasada en U$S 30.000.
Por lo antedicho se me inicia un juicio en el Juzgado de 3er. turno Las Piedras 285/98. Después de 11 años de padecer esta situación he pasado a ser un número de expediente que a nadie le importa, viviendo «en mi propiedad» en forma precaria. Juzgue el lector.
Miria Bruzzone C.I. 2.537.002-5
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