La costa agredida
Rocha
El texto, al cual tuvo acceso LA REPUBLICA, recuerda que Rocha tiene una longitud de costa de aproximadamente 180 kilómetros, de los cuales el 95% corresponde a playas, con un espacio de uso público importante y valioso por las grandes posibilidades que ofrece, aunque muy presionado por una creciente demanda de usos que dificultan un manejo ambientalmente sustentable.
La costa atlántica del Departamento está pautada por una serie de urbanizaciones turísticas de diverso grado de desarrollo. De Oeste a Este se localizan los balenarios La Paloma, La Aguada, Costa Azul, Arachania, La Pedrera, Cabo Polonio, Valizas, Aguas Dulces, La Esmeralda, Punta del Diablo, Parque Santa Teresa, La Coronilla y Barra del Chuy.
La principal fuente de ingresos de la zona costera es el turismo y sus servicios asociados, tales como comercio, restaurantes y hoteles.
En tanto, la pesca artesanal es la principal ocupación y fuente de ingreso de las comunidades locales, que desde hace varias décadas están asentadas en forma permanente sobre la costa.
Durante las últimas dos décadas, la zona altántica ha enfrentado un rápido proceso de expansión y consolidación de sus urbanizaciones. El conjunto de los balnearios costeros presenta una elevada dinámica poblacional, la cual se ubica por encima de la tasa del departamento de Rocha en su conjunto (para el período 1985-1996 fue del 5,1%), según datos del Instituto Nacional de Estadística.
El crecimiento poblacional fue acompañado por un incremento en el número de viviendas, registrándose un aumento del 20% en La Coronilla y Aguas Dulces. No obstante, en algunos balnearios como Punta del Diablo y Arachania, el stock habitacional se ha cuadruplicado.
Por otra parte, la zona costera del departamento se caracteriza por contar con una alta diversidad biológica y una singularidad paisajística, siendo éstos, importantes valores a conservar.
En la actualidad, la zona costera atlántica enfrenta problemas de diversa naturaleza, desde los relacionados a la situación socio-económica de la población residente hasta lo vinculado a la contaminación de las playas y aguas oceánicas. Todos ellos tienen una dimensión y expresión territorial, y un origen común, vinculado al inadecuado uso y ocupación de la zona costera.
Esta situación se materializa a través de variados procesos urbano-territoriales que, estando en marcha en la actualidad, van consolidando modalidades de ocupación del suelo costero, inconvenientes desde el punto de vista de la sustentabilidad territorial y hasta situaciones ilegales.
Estos procesos afectan en diversos grados los ecosistemas costeros, determinando que sus recursos naturales enfrenten actualmente una serie de presiones generadas, entre otras razones, por la modalidad de crecimiento urbano-turístico.
En otro orden, la zona costera del litoral sur del país viene completando el ciclo fraccionamiento-urbanización-densificación, el cual ha sido el soporte territorial del modelo turístico de sol y playa.
De todos modos, la costa de Rocha aún mantiene espacios rurales y extensas zonas no urbanizadas, además de contar con ecosistemas de alto valor paisajístico, y de biodiversidad y singularidad, tales como las lagunas costeras, los humedales (esteros, bañados, pajonales), y el sistema de dunas.
La ausencia de normas básicas sobre uso y ocupación del suelo costero, así como la escasa observancia de la normativa existente para la costa, están contribuyendo a la consolidación de un modelo de desarrollo territorial caótico.
Las características fundamentales de este fenómeno son: tendencia a un desarrollo urbano lineal de alta densidad de ocupación e inadecuado uso y ocupación de la faja costera con edificaciones privadas y ramblas sobre las dunas primarias, lo que provoca humidificación de las playas, fijación de las dunas, pérdida de arena y alteración de los naturales regímenes de drenajes de pluviales a través de cañadas y sangradores.
La densidad de las construcciones sobre la duna llega, en algunos casos, a impedir el acceso del público a las playas. El conjunto de estos efectos genera el deterioro ambiental de las playas.
Se aprecia también, una insuficiente cobertura de redes de infraestructura y servicios básicos: agua potable, saneamiento, energía eléctrica y recolección de residuos sólidos.
En las zonas más densamente edificadas, hay un inadecuado sistema de saneamiento (pozos negros filtrantes), que provoca la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas.
Otros aspectos inquietantes de la situación refieren a las relaciones críticas de los centros urbanos con las áreas naturales frágiles, donde la creciente expansión de la urbanización hacia el oeste ejerce presión sobre un área de alta biodiversidad.
El diagnóstico de situación observa modalidades turísticas no planificadas en zonas no definidas para el asentamiento urbano, como por ejemplo en Cabo Polonio, donde la situación en cuanto a tenencia, uso y ocupación del suelo es de generalizada irregularidad.
La ordenanza trata de asegurar la efectividad del derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado, así como el deber de conservarlo, siguiendo pautas ya establecidas en otros países y también en el nuestro en relación a políticas de ordenamiento territorial y gestión ambiental.
En ese contexto, se establece que la prohibición general de determinadas actividades –sobre todo loteamiento y construcciones consideradas perjudiciales– son una herramienta imprescindible para la adecuada protección de un medio natural tan sensible. La norma municipal tiene como objetivo establecer el ordenamiento territorial y ambiental del uso de la costa del océano Atlántico, con la finalidad de instrumentar su desarrollo sustentable.
En ese contexto, se establecerá la clasificación del suelo para definir los elementos fundamentales de la estructura general adoptada para el ordenamiento de la costa y establecer el programa para su desarrollo.
Igualmente, se avanza en la identificación y definición de los instrumentos de planificación, de organización administrativa y de coordinación intersectorial, a los efectos de garantizar una eficiente gestión municipal en la zona costera del departamento.
Demoliciones
El tema es de constante preocupación en el contexto nacional y genera atención pública cuando se hace referencia a la aplicación de planes de ordenamiento en algunas de las comunidades costeras aplicando algunas de estas acciones.
El proyecto de ordenanza en cuestión hace referencia a la concentración de la inversión en las denominadas «áreas de desarrollo», definiendo de esta forma a aquellos balnearios ya consolidados con determinado crecimiento que tengan fácil accesibilidad desde rutas nacionales.
La Intendencia recuerda que la situación de construcciones irregulares se encuentra en proceso de regularización, atendiendo que –según lo señala la ordenanza– «como principio básico de la ordenación futura de estas situaciones, se debe considerar que la ilegalidad, o las situaciones de hecho, nunca podrán ser fuente de derechos adquiridos por los infractores».
Agrega, además, que las construcciones ilegales, ya se trate de asentamientos o edificaciones dispersas, que el plan especial identifique como inapropiadas en tanto alteren la morfología y estructura de la costa, o perturben la accesibilidad del público hacia la zona de la playa o degraden el medio natural con residuos sólidos y/o líquidos, deberán ser eliminados, restituyendo posteriormente el territorio a su estado original».
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