Preocupación por medidas alternativas a la prisión
El ministro del Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Dardo Preza, expresó su preocupación por la aplicación de las medidas alternativas a la prisión. En tal sentido, cuestionó el anteproyecto de código denominado Reta-Grezzi, que establece la obligatoriedad de que los procesados concurran a una comisaría ocho horas durante tres meses.
El magistrado fue consultado acerca de la aplicación de las leyes resultantes de los proyectos de ley presentados en el Parlamento, relativos a las penas alternativas a la prisión.
Al respecto, señaló que «existe un proyecto de ley que prevé penas alternativas a la pena de prisión, auspiciado desde la Suprema Corte de Justicia, cuyo gran promotor es el profesor Cairoli.
Aclaró que «la doctrina penal dominante dice que las penas cortas de prisión no resocializan al individuo ni arrojan resultados positivos, por lo que se procura buscar otro tipo de soluciones con carácter general. Yo participo de la iniciativa sin perjuicio de que si un texto legal se aprueba, pueda encontrar objeciones puntuales, pero con el espíritu estoy de acuerdo».
Preza afirmó que hay jueces que «están aplicando medidas alternativas que no están respaldadas por una previsión legal. Las medidas alternativas, cuando se prescinde del procesamiento con prisión preventiva, están reguladas taxativamente en los artículos 71 y 72 del Código de Proceso Penal. No es posible aplicar otro tipo de soluciones, sin respaldo legal», aclaró.
Partiendo de la hipótesis que el principio es la libertad, el jurista consideró que «para que el juez pueda afectar aunque sea parcialmente la libertad de una persona, tiene que tener un respaldo legal».
El proyecto de ley de penas alternativas presentado en el Parlamento prevé la eventual colocación de un localizador personal a los sentenciados. Preza objetó el procedimiento y estimó que puede afectar el derecho a la intimidad de las personas y los derechos humanos».
El docente comentó que en «el código de las profesoras Adela Reta y Ofelia Grezzi transforma en delito las faltas penales previstas en los artículos 361 y 363 del Código Penal». A su juicio, se trata de «delitos enanos» que se sancionaban con pena de multa. «Al transformarlos en pena de prisión, le dan al juez la facultad de agregar una pena complementaria que significa obligar al condenado a estar en una comisaría hasta por 8 horas diarias, por un máximo de 120 días».
Preza manifiesta haber detectado «otra aberración referida a esta ley, que da al juez la libertad de actuar con libre convicción como medio de evaluación de la prueba. Es algo excepcional previsto para los delitos de proxenetismo y de juego clandestino. Sólo está autorizado en esos casos».
Este es un ejemplo de una ley que despierta preocupación desde el punto de vista de la técnica legislativa y de los derechos humanos que están en juego. «La ley está, Dios nos libre si algún juez la aplica», finalizó expresando Dardo Preza.
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