Se preservarán los ecosistemas
El Parlamento aprobó ayer la ley que regula las áreas protegidas, integrándolas en un sistema nacional por medio del cual se controlará la preservación de los distintos ecosistemas naturales de nuestro país.
La ley fue aprobada luego de un acuerdo político alcanzado entre senadores del Frente Amplio y el Partido Colorado para un proyecto que contaba con la sanción de Diputados. La normativa crea un Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas, como instrumento de aplicación de las políticas y planes nacionales de protección ambiental.
Comprende al conjunto de áreas naturales del territorio nacional, continentales, insulares o marinas, representativas de los ecosistemas del país, que por sus valores ambientales, históricos, culturales o paisajísticos, deben ser preservados como patrimonio de la nación.
El objetivo es armonizar los criterios de planificación y manejo de las áreas naturales y específicamente se apunta a la protección de la diversidad biológica, los hábitats naturales, así como formaciones geológicas y geomorfológicas de importancia.
Por otra parte con esta normativa se intenta mantener ejemplos singulares de paisajes naturales y culturales y evitar el deterioro de las cuencas hidrográficas.
Asimismo la ley se orienta a proteger los sitios históricos y arqueológicos y la promoción de investigación, estudio y monitoreo del ambiente en dichas áreas.
Otro de los objetivos es contribuir al desarrollo socioeconómico fomentando la participación de las comunidades locales en las actividades relacionadas con las áreas protegidas.
Las áreas que se protegen
Las áreas serán clasificadas en distintas categorías.
Una de ellas es la de «parque nacional». Se trata de aquella área donde existan uno o varios ecosistemas que no se encuentren alterados por la explotación y la ocupación humana, y que contenga especies vegetales y animales, sitios arqueológicos y hábitats.
Otra de las categorías es la denominada «monumento natural», la cual contiene uno o varios elementos naturales específicos de importancia nacional, tales como una formación geológica, un sitio natural único o especies y hábitats que podrían estar amenazadas.
La tercera categoría es el «paisaje protegido», que consiste en una superficie territorial continental o marina, en la cual las interacciones del ser humano y de la naturaleza han producido a lo largo de los años una zona de carácter definido, de singular belleza escénica.
La última es la denominada «sitios de protección», que son aquellas áreas pequeñas que poseen valor por contener especies o núcleos de flora o fauna, tienen importancia para el ecosistema que integran y contienen manifestaciones geológicas, geomorfológicas y arqueológicas relevantes. Serán incluidas dentro del sistema tanto las áreas pertenecientes al Estado como a particulares, aunque en este caso los propietarios deberán dar su consentimiento.
Para la preservación de las áreas la ley establece una serie de prohibiciones, entre ellas, la edificación y urbanización, la introducción de especies no autóctonas de flora y fauna silvestre, los vertidos de residuos y desagüe de efluentes, y la actividad de caza y pesca entre otras.
El Sistema formará parte de la política nacional ambiental del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
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