Los Inspectores de Policía Caminera están "molestos" con la medida "discriminatoria"

Aplican multas mínimas a turistas que exceden velocidad en las rutas

Con fecha 12 de enero del 2000, el jefe de la inspección general de Policía Caminera, Wilson Rocha Amado, envió una nota a todos los destacamentos solicitando que durante la presente temporada se tenga «el máximo de flexibilidad con los turistas».

También se pide sancionar aquellas faltas «que impliquen riesgo para la seguridad como lo son los adelantamientos incorrectos y los excesos de velocidad». Para este último caso se precisa que la multa sea según el monto «mínimo establecido».

Esto significa que, aun la infracción más grave por execseo de velocidad que actualmente tiene un costo de 15 Unidades Reajustables (UR) ($ 2.934), será abonada por los turistas con 4 UR ($ 782). Esta escala sólo rige para los turistas, mientras que los conductores uruguayos deben abonar el monto establecido para el exceso de velocidad en el que incurran.

La nota remitida a los agentes de Policía Caminera no especifica si el beneficio corresponde a los turistas de una nacionalidad determinada por lo que hace suponer que alcanza a todos quienes no son uruguayos.

Según informaron a LA REPUBLICA fuentes de la Dirección Nacional de Policía Caminera, la decisión de la Inspección General de aplicar una «tarifa diferencial para turistas» fue tomada luego de que el ministro de Turismo, Benito Stern, enviara una carta a esta dependencia.

En esa nota el secretario de Estado expresaba que los turistas habían planetado quejas respecto al valor de las multas y la forma en que eran tratados por Policía Caminera, por lo que solicitaba «benevolencia y tolerancia con el turismo». Posteriormente, fue enviada la notificación de la Inspeción General a todos los destacamentos de Policía Caminera, comunicando la medida de cobrar el mínimo establecido a los turistas por cualquier falta de tránsito.

Las fuentes cuestionaron «la forma en que la Inspección General «interpretó» la benevolecia y tolerancia.

Según manifestaron se generaron «grandes discrepancias» con el comunicado ya que a nivel interno se considera que «esta decisión, lejos de contribuir al fomento del turismo, agrava considerablemente la posibilidad de accidentes carreteros».

Asimismo se mostraron «molestos» porque esta «benevolencia», sólo sea aplicada a los extranjeros. «Los uruguayos son los que circulan todo el año por las rutas nacionales y pagan lo establecido sin que se atiendan sus reclamos, pero cuando los turistas se quejan hay que cobrarles menos. Eso es sumamente injusto con nuestros habitantes» expresaron.

Los montos establecidos actualmente para infracciones por excesos de velocidad son: en zonas de 60 kilómetros por hora, los vehículos que circulen entre 75 y 90 kilómetros deberán abonar 4 UR, mientras quienes excedan los 90 kilómetros abonarán 15 UR.

En zonas de 90 kilómetros por hora, los autómoviles que transiten entre los 115 y 135 kilómetros abonarán 4 UR, y quienes superen esa franja deberán pagar 15 UR.

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