Cuestionan proyecto de Ordenamiento Territorial

El proyecto de Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial elaborado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que fuera enviado al Parlamento, fue calificado de «mamarracho» por el arquitecto de la Intendencia de Maldonado, Juan Sienra, quien presentó un estudio de la ley, criticando varios de sus artículos. Al mismo tiempo estableció una serie de condiciones que deben incluirse en un proyecto de esas características. Explicó que el ordenamiento territorial se hace fundamentalmente en función de planes, que son de distinto tipo y escalas, y que éstos deben ser complementados por mecanismos de implementación y control.

Según el técnico, la figura del plan como instrumento de desarrollo urbanístico es el objeto de cualquier ley de ordenamiento territorial. «Agregar desarrollo a ordenamiento territorial es un mamarracho». «Creo que esta sobredimensión del desarrollo afecta todo el contenido de la ley, y desde mi punto de vista es una visión totalmente equivocada».

Asimismo, Sienra destacó que el ordenamiento territorial en Uruguay ya cuenta con un marco legal, debido a que existe una Ley Orgánica Municipal, la Ley de Centros Poblados, la Ley de Creación del Ministerio entre otras, «por lo que no hay ningún problema en hacer planes de ordenamiento territorial de cualquier escala».

Condiciones

El arquitecto enumeró una serie de condiciones para la elaboración de una ley de ordenamiento territorial. Mencionó en ese sentido la necesidad de definir los derechos y obligaciones de las personas en cuanto al uso del territorio, el sistema de planificación de ese uso y de las construcciones necesarias y las competencias en la materia de cada nivel de gobierno.

Estableció también como necesario definir, los instrumentos legales para poder realizar las tareas encomendadas, el contenido mínimo de cada plan y una terminología nacional común, el sistema de captura de valor agregado por la planificación, los mecanismos de control y sancionatorios.

El técnico establece en su análisis que los planes, por razones de interés general, imponen limitaciones a los usos que los propietarios puedan hacer de sus predios y sólo algunos están destinados a incorporarse a las áreas urbanas.

Como resultado de los planes, «cuando a una zona se le imponen limitaciones en el uso, hay predios cuyo valor es afectado negativamente, es de justicia compensar a sus propietarios por la pérdida del valor resultante» señaló. Otra crítica es a la creación de las sociedades de economía mixta de desarrollo local o regional. «Esta es otra barbaridad inconcebible, porque no es posible que el organismo que tiene que planificar, dirigir y controlar, sea socio en los emprendimientos», dijo. «Este es un mecanismo que se utilizó en Francia y en algunos países ha dado lugar a episodios de corrupción muy importantes».

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