Registro de espacios públicos

La Intendencia de Montevideo (IMM) creó un registro para inscribir todos los establecimientos que tengan áreas destinadas al uso públicos iguales o mayores a 400 metros cuadrados y capacidad para recibir a más de mil personas por semana.

En esta categoría se incluyen clubes sociales y deportivos, campos de deportes, salas de baile, locales de culto, locales comerciales con grandes superficies de venta al público, cines, teatros, plateas de radio y televisión, restaurantes de comida rápida, instalaciones para reuniones y bancos.

El registro será obligatorio y los titulares de los establecimientos deberán obtener cada seis meses un informe técnico que establezca si el local se mantiene en condiciones de seguridad, higiene, estructurales y de funcionamiento adecuadas a las actividades que en él se desarrollan. Los informes estarán a cargo de un arquitecto, ingeniero civil o técnico prevencionista y los dueños de los locales deberán realizar las mejoras que se les exijan. En caso de incumplimiento se aplicarán las sanciones más severas previstas en la normativa municipal, así como la clausura del local para el uso público. *

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