EP-FA financia plan con recursos de SAFI, IRIC, AFAP y deuda
El Encuentro Progresista-Frente Amplio (EP-FA) presentó a los distintos actores sociales y políticos –con los que se entrevistó para acercarles las medidas anunciadas del 22 de mayo destinadas a superar la crisis productiva y social– un segundo documento, en el que detalla el financiamiento de las iniciativas.
Por ejemplo, sobre la atención de la emergencia social, la izquierda planteó, entre otras soluciones, el establecimiento de un subsidio equilavente a un salario mínimo a los jefes y jefas de hogar desempleados y sin cobertura de la seguridad social, desarrollo de programas de alimentación, creación de empleos y ampliación de las escuelas de tiempo completo.
Las mismas serán financiadas, según el texto al que accedió LA REPUBLICA, mediante la redistribución de «gastos no personales superfluos, créditos de organismos internacionales, que se soliciten y obtengan en atención a las líneas de crédito que ellos han establecido a tal fin; el producido de un impuesto sobre la creación de sociedades anónimas nuevas y a las sociedades financieras de inversión (SAFI), por la afectación específica del 5% del Impuesto a la Renta de Industria y Comercio que tributan las empresas públicas».
Utilizar el ahorro previsional
En cuanto a otro de los capítulos, el referido al fortalecimiento de la inversión pública, especialmente en viviendas, el texto propone «autorizar al Poder Ejecutivo a emitir títulos en moneda nacional a 20 años de plazo en unidades reajustables por la variación del Indice de Precios al Consumo y una tasa de interés del 7% anual, que se denominarán Titulos del Plan Nacional de Vivienda, cuyo producido se volcará íntegramente a tal fin».
Tras aclarar que dicho plan estará destinado a las familias de menores ingresos y se ejecutará a través del Banco Hipotecario, el EP-FA entiende necesario recurrir a créditos de organismos internacionales que se soliciten y obtengan, en atención a las líneas de créditos que ellos han establecido a tal fin.
También «modificar la Ley de Reforma de la Seguridad Social, Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995, a efectos de que se canalice una parte de sus recursos a la financiación del Plan de Vivienda». Por lo cual se introducen los siguientes cambios: «En el artículo Nº 123: el 20% del Fondo de Ahorro Previsional (FAP) deberá estar aplicado a las inversiones previstas en el literal D) de este artículo o en Títulos del Plan Nacional de Vivienda».
Asimismo «destopear los recursos presupuestales destinados a la construcción de viviendas para hogares de bajos recursos.
El nuevo plan deberá ser ejecutado por el Mvotma, cambiando radicalmente el actual modelo de producción de viviendas por otro que tenga las siguientes características: autogestión, asistencia técnica y control de los recursos; tecnologías alternativas; no invertir en lugares donde haya que llevar infraestructura sino reciclando inmuebles o terrenos situados en zonas con servicios; en especial con real aprovechamiento de los inmuebles del Estado». *
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