Proyecto para reprimir financiamiento al terrorismo

El Poder Ejecutivo envió anoche al Parlamento un proyecto de ley para que se apruebe el Convenio Internacional para la represión de la Financiación del Terrorismo, adoptado el 9 de diciembre de 1999.

El convenio condena los actos, métodos y prácticas terroristas, al tiempo que se exhorta a los estados a adoptar medidas para prevenir y contrarrestar la financiación de dichos actos. «Además, se observa que el número y la gravedad de los actos de terrorismo internacional están directamente vinculados con la financiación que pueden obtener quienes están vinculados a la realización de los actos terroristas», dice la exposición de motivos. El texto aclara que para que se constituya en delito «no es necesario que los fondos hayan sido efectivamente utilizados para cometer» algunos de los delitos.

«Los estados deberán adoptar las medidas necesarias, siempre al amparo de sus principios jurídicos internos, para identificar, detectar y asegurar o incautar todos los fondos utilizados o asignados para cometer los delitos». Respecto a la investigación y enjuiciamientos de terroristas se señala que en caso de que el Estado parte en cuyo territorio se encuentre el presunto delincuente «no proceda a su extradición, estará obligado a someter el caso a sus autoridades competentes a los efectos del enjuiciamiento según el procedimiento previsto en la legislación de ese Estado, sin excepciones y con independencia de que el delito haya sido o no cometido en su territorio».

El convenio incluye también otra serie de disposiciones, como: la adopción de reglamentaciones que prohíban la apertura de cuentas cuyos titulares o beneficiarios no puedan ser identificados, exigir a las instituciones financieras que para verificar la existencia jurídica y la estructura del cliente obtengan la información de un registro público. *

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