
La información fue suministrada por el escribano Daniel GarcÃa Zeballos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), en ocasión de participar junto al ministro Alvaro Alonso y al director de la OPP, Ariel Davrieux, en la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social integrada con Hacienda que analizó las modificaciones al régimen de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios.
Ante una reflexión del senador Alberto Couriel, Davrieux consideró “inconveniente que las Administradoras de Fondos de Ahorro o las Cajas se especialicen demasiado en fondos públicos”.
“Por este motivo –agregó Davrieux– la ley estableció un tope máximo en cuanto a lo que pueden colocar en tÃtulos públicos en el régimen corriente”, con un máximo del 60% y un mÃnimo del 20%.
Según Davrieux, “si los organismos tienen inversiones en tÃtulos públicos es porque asà lo resuelven; pero si yo dirigiera esos organismos, tratarÃa de tener una cartera más diversificada”.
“No pretendo enseñar análisis financiero a los gerentes financieros que han estudiado y se han especializado en ese tema; si hacen ese tipo de inversiones es porque entienden que es más convincente, pero no tienen la obligación de hacerlo”.
Davrieux alertó que “sà existe un riesgo al tener la cartera demasiado concentrada, sobre todo cuando en su mayor parte se trata de tÃtulos públicos uruguayos”.
“Con un gobierno que incumpliera, como puede estar ocurriendo en algún paÃs vecino que está cambiando las tasas de interés, las inversiones se verÃan muy afectadas”.
Según los estudios en que se basa el Poder Ejecutivo para remitir esta iniciativa, “se pasarÃa de un superávit financiero de U$S 45 millones en el año 2005, a un déficit de U$S 172 millones en el 2035″.
El ministro Alonso explicó las caracterÃsticas del proyecto: “Se ha respetado el sistema financiero vigente en la Caja de Profesionales Universitarios desde su creación, excluyéndose, para el caso, el sistema de capitalización individual”.
Asimismo, “se ha respetado el sistema de historia laboral de todos sus afiliados, vigente desde la iniciación de las actividades de esta Caja”.
Por otra parte, agregó Alonso, “se han mantenido como únicos recursos la contribución de los afiliados, vigente desde la iniciación de las actividades de esta Caja”.
“Se han mantenido como únicos recursos la contribución de los afiliados, los tributos afectados, el producido de la inversión de reservas y, en especial, no se suprimió ningún tributo afectado al organismo”, manifestó.
También, “continúa el sistema de aportación sobre sueldos fictos por categorÃas, la forma de cálculo de sueldo básico jubilatorio de los afiliados profesionales vigentes, la tasa de aportación vigente, asà como la excepción vigente de afectación del Impuesto a las Retribuciones Personales de los afiliados como recurso de la Caja”.
“Se ha respetado la autonomÃa de la Caja, sin dejar de lado los necesarios controles estatales y el de sus afiliados”, señaló.
Alonso también mencionó que “la integración del Directorio sigue siendo la actualmente vigente, sin variaciones”.
En materia de inversiones, se diferenciará las que se efectuarán de ahora en adelante y las ya constituidas.
En otro orden, “se han mantenido las causales y subsidios existentes por incapacidad no definitiva, por incapacidad temporal y gravidez y por expensas funerarias”.
El secretario de Estado indicó que “se mantiene la incompatibilidad del goce de la jubilación otorgada por la Caja de Profesionales Universitarios con el desempeño de cualquier actividad profesional universitaria, aun si ésta es amparada por otro organismo de seguridad social, atenuada dicha incompatibilidad en el caso de que el afiliado tenga como mÃnimo 65 años de edad y compute dos o más perÃodos de tres años aportando por la décima categorÃa”. *
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