Breve historia
El proceso de descentralización comenzó en Montevideo en 1990, a los pocos días de que Tabaré Vázquez asumiera la titularidad de la Intendencia de Montevideo (IMM). Inicialmente, el jefe comunal realizó una división administrativa de la capital en 18 zonas y se designó a un grupo de asesores dependientes de una recién formada Comisión de Descentralización. Su objetivo fue tomar contacto con las organizaciones sociales, articular y crear espacios para poner arriba de la mesa los problemas y prioridades en cada zona. Era una comisión integrada por cargos políticos de confianza del intendente electo, ya que el Departamento de Descentralización no existía.
William Masdeu, coordinador de la Unidad de Participación del Departamento, recuerda que hasta 1993 hubo «bloqueos políticos. Ese primer decreto fue impugnado por la Junta Departamental, que presentó un recurso en el Parlamento y obligó a retirar esa resolución y sustituirla por otra».
De cualquier forma, a mediados de 1990 la Comisión de Descentralización comenzó a trabajarse para construir en cada zona un servicio municipal, con locales específicos para realizar trámites y desconcentrar servicios. Se empezó con 27 trámites y dos o tres funcionarios para realizarlos. Simultáneamente «se empezó a establecer contactos con todas las organizaciones sociales de los barrios y a crear espacios de intercambio y puesta en común sobre los problemas de las zonas. Eso fue dando forma a grupos vecinales que empezaron a constituir plenarios y comisiones temáticas».
Negociación política
En forma simultánea se inició en la Junta Departamental una negociación política para buscar una fórmula de acuerdo que institucionalizara lo que se estaba dando en la vía de los hechos. Se realizó el Foro I de Montevideo, donde los partidos políticos representados por ediles y representantes nacionales y toda esta «movida social» se reunieron para acordar las características de una institución con participación vecinal.
Luego de diversas negociaciones, los Concejos Vecinales fueron creados en 1993 a través del Decreto 28.119, que consta de 15 artículos. Son un órgano social que además del contralor a la gestión de la Intendencia de Montevideo (IMM) y al funcionamiento de los Centros Comunales Zonales (CCZ) y de la Junta Local, decide las prioridades de la zona a través del presupuesto. La función de los concejales es ser portavoces de las necesidades del barrio, trasmitir los problemas locales a las autoridades municipales o nacionales, elaborar planes para los barrios, asesorar a las Juntas Locales, participar en la elaboración del presupuesto municipal, evaluar la gestión, organizar actividades culturales, sociales y deportivas y cooperar en el cuidado de plazas y parques.
En la actualidad, el proceso está a estudio de una comisión integrada por los doce integrantes de la Comisión de Descentralización de la Junta Departamental, los cuatro directores del Departamento de Descentralización, el Departamento Jurídico y la División Salud. Las propuestas de modificación, entre las que figura la reducción de la cantidad de integrantes de los Concejos, la inclusión directa de delegados de las organizaciones sociales en los mismos o la creación de la figura del alguacil serán estudiadas y posteriormente consultadas nuevamente con los vecinos para continuar «afinando» el sistema. *
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