Reclaman que se ampare a los trabajadores despedidos por la Huelga General del 73

Ex presos políticos del Uruguay indicaron ante el Parlamento que aproximadamente el 50 por ciento de los presos por causas políticas en la pasada dictadura militar «estaba constituido por un frente estudiantil de jóvenes que fueron detenidos sin haber iniciado su carrera laboral». Por ese motivo, reclaman que se los incluya en los beneficios del proyecto de ley sobre servicios prestados por trabajadores de la actividad privada durante 1973 y 1985.

El pasado 15 de agosto la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Representantes comenzó con el análisis del proyecto de ley que remitió días atrás el Poder Ejecutivo al Parlamento referido a los «servicios prestados por trabajadores de la actividad privada».

La iniciativa reconoce como «efectivamente trabajados para aquéllos que fueron detenidos o compelidos a abandonar el país y para dirigentes sindicales que hubieran permanecido en la clandestinidad, el período comprendido entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985″.

En ese marco, la agrupación parlamentaria recibió al ministro de Trabajo y Seguridad Social, Alvaro Alonso, a representantes de PIT- CNT, de la Comisión Para el Reencuentro de los Uruguayos, a la Asociación Crisol de ex presos políticos del Uruguay, y al director del Banco de Previsión Social (BPS), Ernesto Murro, en su calidad de asesor técnico de las tres organizaciones.

Si bien las distintas asociaciones se manifestaron de acuerdo con el proyecto de ley, expresaron que la iniciativa debe implementarse «con justicia y sin abusos» y realizaron nueve observaciones que pretenden sean recogidas en la redacción final que se le dé a la propuesta.

Miguel Olivera, representante de la organización «Crisol» de ex presos políticos estimó –según versión taquigráfica de la reunión– que el «50 por ciento de los presos estaba constituido por un frente estudiantil de jóvenes que fueron detenidos sin haber iniciado su carrera laboral y que, por lo tanto, no estaban registrados en las Cajas correspondientes».

«Por tanto, aspiramos a que esto se tenga en cuenta y se explicite en la normativa porque, de lo contrario, once años de las vidas de estas personas podría quedar fuera de este reconocimiento», indicó el representante de la asociación.

«Duda de la democracia»

Por su parte, Murro expresó que en la Ley de Restituidos en la esfera pública hubo abusos en el Uruguay lo que, inclusive, perjudicó la correcta solución de la deuda que tiene la democracia con las personas que no fueron comprendidas por esa ley 15.783, ni por la ley de Amnistía: con la gente en general y, en particular, con los trabajadores de la actividad privada».

En ese aspecto, Murro destacó que «aquí se reclama que, tal como ha sucedido con las anteriores leyes de reparación, se cuente con la participación de los interesados y se reafirma que esa participación se realizará con mayor celo, a fin de que no existan abusos».

«Este proyecto debe comprender a las personas que hubieran sido detenidas o exiliadas más allá de que fueran o no trabajadores. Además la iniciativa no otorga una jubilación especial; nadie se va a jubilar porque tenga diez años de actividad con el 125 por ciento del sueldo, como ocurrió en el caso de los funcionarios públicos», destacó Murro.

Para el director del BPS, «a alguna gente se le reconocerán como trabajados los años de cárcel, exilio o persecución. Inclusive, hay gente que va a ser amparada por la ley pero no se va a ver beneficiada por ella, lo cual impide, por ejemplo, que se puedan hacer cálculos financieros de la ley».

Murro recordó ante la agrupación parlamentaria que el decreto del 4 de julio de 1973 destituyó a los trabajadores de la actividad privada por «el simple hecho de haber realizado la huelga general.

Parte de esa gente fue presa, otra exiliada, pero hubo otra que fue despedida, sin haber sido dirigente o delegado sindical, por tanto, nos parece importante que la ley ampare a los trabajadores despedidos».

Por otra parte, Murro considera que «esta bien que aquellas personas que tengan reconocidos los años por convenio bilateral queden afuera, pero que a quienes estuvieron trabajando en esos países y pueden probar por otros medios válidos y fehacientes que estuvieron trabajando, les sirva esas pruebas porque, de lo contrario, este proyecto no los va a amparar». *

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