Opertti: Exhorto debe ser entregado al Poder Judicial
El canciller Didier Opertti es autor de «Exhortos y embargo de bienes extranjeros. Medios de cooperación internacional» (Ed. Amalio Fernández, 1976). En los párrafos que a continuación se transcriben el autor hace algunas consideraciones sobre quién examina las condiciones del exhorto. «…en la etapa de la práctica o diligenciamiento de las actuaciones encomendadas, corresponde al juez exhortado efectuar el examen formal de la rogatoria (verificación de su carácter judicial o jurisdiccional y auténtico), así como, tentar la averiguación de la posible afectación del orden público de su Estado, requisito de fondo indispensable.(…)» «…No cabe duda, a nuestro criterio, acerca de la competencia del juez exhortado para verificar los elementos constitutivos del exhorto (…)»
«No creemos, a su vez, que dicha función pueda ser desempeñada por órganos ajenos a la actividad jurisdiccional ya sea en su fondo o en su forma. Por ende descartamos la posibilidad teórica de intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores, v. gr., en la apreciación de los requisitos o condiciones de las rogatorias. En el plano de la interpretación de normas de derecho positivo nacional, consideramos también excluida tal función, en tanto la labor del órgano administrativo referido se limita al punto de la legislación. Afirmamos nuevamente el carácter auténticamente jurisdiccional de la gestión cooperativa frente a aquellos que le adjudican naturaleza administrativa, y decimos con Alfonsín que en nuestro Estado, el Ministerio de Relaciones «es un mero correo, recibe los exhortos y los entrega ciegamente al Poder Judicial» (…) (págs. 216 – 218).*
Compartí tu opinión con toda la comunidad