
Los funcionarios están acusados de violar los derechos humanos en el vecino paÃs durante la época de la dictadura. Tanto el ministro del Interior, Guillermo Stirling, como el de Defensa, Luis Brezzo, informaron ayer que por estas horas llegarÃa desde el vecino paÃs el pedido de captura para José Gavazzo, Manuel Cordero, Jorge Silveira, y Hugo Campos Hermida.
Ambos jerarcas evitaron pronunciarse sobre la situación hasta que no tengan en sus manos el texto del pedido de la Justicia de Argentina, que vincula a los cuatro oficiales retirados a la operación represiva que se implementó en el Cono Sur y que se denominó Plan Cóndor.
Stirling dijo anoche a LA REPUBLICA que un alto funcionario de Interpol Argentina, que llegó ayer a nuestro paÃs, informó que en el correr de esta semana será recibida la documentación correspondiente a la orden de captura internacional y el pedido de detención preventiva para los cuatro oficiales con fines de extradición. Según trascendió en Buenos Aires, el pedido que el juez federal argentino Rodolfo Canicoba habÃa formulado el pasado 21 de junio, llegó a la oficina de Interpol Argentina este lunes a las 14 horas.
Al mismo tiempo, comenzó a reeditarse, otra vez, en el paÃs, la polémica sobre el alcance de la Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado. Al respecto, el constitucionalista Horacio Cassinelli Muñoz señaló ayer que el Estado uruguayo incumplirÃa una serie de tratados internacionales y se expondrÃa a posibles sanciones si resolviera no hacer lugar al pedido de extradición (Ver pág. 3). Además, opinó que la “última palabra” sobre si es aplicable o no la Ley de Caducidad para delitos cometidos fuera del paÃs le compete a la propia Justicia argentina. Esta postura también es aceptada en otros ámbitos. Fuentes de la Asociación de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos dijeron que deberÃa respaldarse el pedido argentino. En la propia Comisión para la Paz no existÃa hasta ayer una posición unánime al respecto, inclinándose algunos de sus integrantes por esta última opción. En tanto, el Servicio de Paz y Justicia (Serpaj) reiteró que la Ley de Caducidad “sólo tiene alcance sobre los delitos cometidos por uruguayos o extranjeros dentro del territorio de nuestro paÃs; por lo tanto si un ciudadano uruguayo comete un delito en el territorio de otro Estado debe ser juzgado por las leyes de ese paÃs”. Respecto al artÃculo 10º del Código Penal con relación a que aquellos funcionarios uruguayos que cometan abusos de funciones en el extranjero, serán juzgados en el paÃs, para Serpaj, si se sigue este razonamiento, los militares acusados “estaban ejerciendo funciones al servicio de la República”. “¿Pueden ser considerados como parte del personal que realizaba servicios para la República Oriental del Uruguay en el extranjero los individuos que cometieron tales delitos?”, se preguntó Serpaj.*
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