"DESAPARICION FORZADA"
La sentencia del TAP de 2º Turno confirma la tipificación adoptada por el juez penal de 19º Turno, Luis Charles, de enjuiciar a los militares por 28 delitos de «homicidio muy especialmente agravado», desestimando la apelación promovida por la fiscal Mirtha Guianze contra la sentencia de primera instancia, en lo inherente a la figura penal imputada.
El TAP reafirma, en este sentido, su postura divergente en torno a la aplicación de las figuras penales previstas en la Ley Nº 18.026, principalmente lo relativo a la tipificación del delito de «desaparición forzada», ante la posibilidad de constituirse en «un derecho penal de excepción», dijeron fuentes del TAP a LA REPUBLICA.
Sin embargo, el caso volverá a dirimirse en la Suprema Corte de Justicia (SCJ), por cuanto la fiscal Guianze adelantó que casará la sentencia, como ya lo hizo en la sentencia referida a los represores José Nino Gavazzo y Ricardo Arab, en atención de su pretensión de que sean juzgados por el delito de «desaparición forzada». «El recurso de casación es una cuestión jurídica y de ética», dijo Guianze a LA REPUBLICA.
La adopción por parte de la Corte de la figura de la «desaparición forzada» implicaría un elemento jurisprudencial clave en la persecución jurídica de los delitos perpetrados durante la última dictadura cívico-militar, por cuanto significaría la adopción plena del Estatuto de Roma, la categorización de estos crímenes como delitos de lesa humanidad y, por ende, su carácter de imprescriptibles.
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