Los cambios en el presupuesto

El presupuesto quinquenal, modificado y aprobado ayer por la Junta Departamental, quedó compuesto por 154 artículos, diez menos que el proyecto original enviado por la administración. Además de los artículos excluidos, hubo numerosas modificaciones y una incorporación, el artículo 153.

 

Entre los principales cambios se incluyen:

* Artículos 26 y 30: Referidos a ingresos inmobiliarios. Fueron modificados incorporando la frase «con la anuencia de la Junta Departamental».

* Artículo 44: Faculta a la IMM a exonerar del pago de contribución inmobliaria. Se le agregó «con previa anuencia de la Junta Departamental».

* Artículo 45: Faculta a la IMM a graduar la cuantía de la exoneración de la contribución inmobiliaria. Se agregó «con previa anuencia de la Junta Departamental».

* Artículos 49 y 50: Facultaba a la IMM a levantar la exoneración de patentes a los funcionarios del Poder Judicial y el Tribunal de Cuentas. No fueron votados.

* Artículo 55: Faculta a la IMM a plantear normas sobre propagandas en vehículos. Se agregó «previa anuencia de la Junta Departamental».

* Artículo 62: Faculta a la IMM a exonerar total o parcialmente del pago del impuesto de espectáculos públicos a aquellos eventos de interés especial. Se agregó «previa anuencia de la Junta Departamental».

* Artículo 63: Refiere a las apuestas mutuas. Se agregó que el impuesto puede ser «hasta» el diez por ciento y se incorporó la aclaración que solamente regirá para «las que se reparten entre los ganadores el fondo creado por las apuestas».

* Artículos 111 y 114: Referentes a la reestructura y a las facultades del intendente para actualizar el listado de carreras. Fueron excluidos.

* Artículo 121: Establece la posibilidad de modificar normas referidas a los funcionarios de Gestión de Cobro de Morosos. Se agregó que debe haber «comunicación a la Junta Departamental de Montevideo».

* Artículo 126: Habilitaba a los funcionarios contratados de la Unidad Ejecutora de Saneamiento a ocupar cargos presupuestados. No se votó.

* Artículo 131: Establecía que los Casinos deberían cubrir un monto mínimo o en caso contrario la diferencia sería cubierta por retribuciones de los funcionarios. No se votó.

* Artículo 135: Establecía retiros obligatorios para los funcionarios de Casinos con causal jubilatoria. Fue modificado retirándose la palabra «obligatorios» y extendiendo la norma a todos los funcionarios con jubilaciones bonificadas que hayan ingresado después del 1º de enero de 1990.

* Artículos 136 y 137: Referían al retiro obligatorio planteado en el anterior. No se votaron.

* Artículos 143 y 144: Creaban un fondo especial para el desarrollo de Montevideo. No se votaron.

* Artículo 153: Se crea una cuenta especial para los fondos recaudados por la tarifa de saneamiento. La IMM deberá informar anualmente a la Junta Departamental sobre los movimientos de dicha cuenta.

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