FISCAL DE CORTE UBIRIA  AMONESTO A FISCAL PENAL

La Fiscalía de Corte amonestó a un fiscal Penal por emitir dos dictámenes contradictorios durante una subrogación ejercida en el expediente sobre la «Operación Cancerbero I». Ubiría consideró «irregular» la actuación del fiscal, pero valoró como «atenuante» la sobrecarga de trabajo y su situación personal.

El fiscal de Corte y procurador general de la nación, Rafael Ubiría, resolvió amonestar, con anotación en el legajo personal, al fiscal Eduardo Fernández Dovat por emitir dos dictamenes contradictorios, en un plazo de 11 días, sobre el pedido de excarcelación de uno de los principales imputados en el marco de la «Operación Cancerbero I».

La resolución adoptada el 1º de febrero pasado considera «negligente» e «irregular» el accionar de Fernández Dovat en el proceso, puesto que tras acceder a la requisitoria de excarcelación del empresario Luis Sumasi, 11 días después revirtió su dictamen y solicitó rechazar la solicitud, aduciendo haber cometido un error por «desconocer» el expediente.

Sin embargo, «en oportunidad de expedirse sobre el primer incidente excarcelatorio en el cual él intervino (sobre marzo de 2009, en subrogación de la fiscal Mónica Ferrero) tuvo a la vista todo el expediente principal», por lo cual no podía aducir su desconocimiento, expresó Ubiría.

El fiscal de Corte resolvió, por tanto, «amonestar al señor fiscal letrado nacional en lo penal de 7º Turno, Eduardo Fernández Dovat, con anotación en su legajo personal». Sin embargo, «la infracción no merece una sanción severa», al computar «como atenuante la sobrecarga de tareas y los factores personales» coyunturales de ese momento del fiscal.

 

Doble dictamen

El sumario del fiscal Eduardo Fernández Dovat se dispuso ante una denuncia presentada por el doctor Jorge Barrera, representante de Sumasi en el proceso penal, tras la constatación de dos dictámenes contradictorios sobre la solicitud de excarcelación de su cliente.

El abogado interpuso el escrito ante la constatación de hechos «con apariencia irregular cometidos por el doctor Fernández Dovat en el cumplimiento de su cargo», lo cual ameritó el inicio de un sumario administrativo, instruido por la fiscal adjunta de la Fiscalía de Corte, Inés Abadie. La sumariante constató la existencia de un «error», pero no lo atribuyó a un actuar negligente sino a «un estado de cansancio mental derivado de un profundo estado de estrés y de sobrecarga laboral».

Sin embargo, el fiscal de Corte consideró que Fernández Dovat «incurrió en falta administrativa susceptible de sanción disciplinaria». «En efecto, su conducta revela un accionar negligente, que más allá de las atenuantes que le caben computar en la especie, debió evitarse máxime con la larga trayectoria del fiscal sumariado», expresó Ubiría.

«No resulta admisible que a poco de expedirse en un sentido determinado acerca de una excarcelación provisional, el mismo día que el juez resuelve en sentido contrario al aconsejado por el fiscal, este comparezca por escrito a ratificar su dictamen anterior aduciendo haber incurrido en error por no tener conocimiento anterior sobre la causa», agregó Ubiría.

Por tanto, «resulta notorio y evidente que los dictámenes contradictorios, ante el escrito de aclaración posterior formulado por el sumariado, constituyen actos que de por si demuestran falta de convicción en su postura ante la dilucidación del incidente excarcelatorio y suponen un descrédito para la Administración de Justicia», concluyó Ubiría.

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