Emiten 420 millones de UI

Activan el fondo para intendencias

República Afisa, el fiduciario financiero autorizado por el Banco Central realizará hoy la presentación del lanzamiento de los títulos de deuda correspondientes al Fideicomiso Financiero I del Fondo de Inversión Departamental (FID).

De acuerdo a la ley Nº 18.565, el FID fue creado como un patrimonio de afectación separado e independiente, destinado a asistir financieramente a los gobiernos comunales.

La emisión alcanzará un valor nominal de 420 millones de unidades indexadas (UI) con una tasa del 5,5% anual, y está registrada en la Bolsa Electrónica de Valores Sociedad Anónima (Bevsa) en donde se realizará el proceso licitatorio.

Bevsa actuará como entidad registrante y agente fiduciario de

la emisión. La presentación tendrá lugar hoy a las 11.30 horas en la sede de la Bevsa en Montevideo (Misiones 1537 piso 7).

Según lo establece la citada norma, de noviembre de este año, el FID se destinará como ayuda financiera a las comunas en una serie de actividades como ser la mejora de las infraestructuras departamentales, la reestructura de deudas con el BROU, entes autónomos y servicios destralizados, o la cancelación de obligaciones que fueran contraídas por el fondo para atender los objetivos anteriores.

A su vez, el FID se integrará con las inversiones que realicen y los recursos que vuelquen en el mismo los gobiernos departamentales, con los aportes provenientes de rentas generales que se dispongan por ley o con ingresos de cualquier naturaleza que se deriven de su administración. Será administrado por un fiduciario financiero profesional autorizado a operar como tal por el BCU, que designará el Comité Interinstitucional de Seguimiento del Fondo. El fiduciario podrá depositar, ceder, colocar, ofrecer en garantía y securitizar en todo o en parte los recursos actuales y futuros del Fondo. Los valores emitidos con el respaldo del FID podrán ser adquiridos por las Sociedades Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional. El acceso a los recursos del FID por parte de las comunas estará sujeto a las disponibilidades del FID, la suscripción por parte de los intendentes de compromisos de inversión en el FID, equivalentes a lo recursos solicitados, estar al día en el cumplimiento de esos compromisos y la constitución de garantías suficientes. Cada comuna tiene derecho a suscribir compromisos de inversión por hasta determinados porcentajes establecidos en la ley, derechos que podrán ser cedidos, total o parcialmente, en beneficio de otra Intendencia.

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