"Era un ataque al programa del FA"
La Intendencia de Montevideo (IMM) consideró «de enorme valor» la sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que desestima tres recursos de inconstitucionalidad presentados contra el decreto municipal que aprobó un nuevo sistema de cálculo de la Contribución Inmobiliaria. La resolución habría sido adoptada por unanimidad de los ministros de la SCJ.
El prosecretario de la comuna, Jorge Rodríguez, consideró que la resolución es positiva para los 19 gobiernos municipales, ya que el fallo «reconoce la autonomía tributaria municipal en la materia». Rodríguez indicó que si la sentencia hubiera sido desfavorable sería «un antecedente grave para todos los municipios».
Además, el jerarca consideró que los recursos de inconstitucionalidad configuraron un «ataque político contra la política tributaria que el Frente Amplio lleva adelante en todo el país».
El nuevo sistema de cálculo de la Contribución genera un sistema de alícuotas que se aplica en forma progresional, al igual que el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas, pero de acuerdo al valor de aforo del inmueble en cuestión (alícuotas de 0,25 para los valores más bajos hasta 1,4 para los más altos).
«Que se cuestionara el principio de la progresividad de las tasas, que era el corazón del ataque jurídico que se hacía, era un ataque que más allá de si los aforos estaban bien o mal hechos, más allá de la lógica del sistema de contribución inmobiliaria, atacaba el corazón del programa frenteamplista: quien tiene más, pague más y quien tiene menos, pague menos», dijo ayer en rueda de prensa el prosecretario municipal.
La sentencia, según publicó Ultimas Noticias, establece que «resulta ajeno al objeto del proceso incursionar en cuestiones de política legislativa y es desacertado formular observaciones sobre la conveniencia, justicia u oportunidad del sistema tributario» impulsado por la comuna.
«Puede haber situaciones de injusticia, en tanto el impuesto no contempla deducciones y refleja aisladamente la posición patrimonial del contribuyente. Pero ellas son toleradas por la Carta», agrega el fallo.
Los recursos rechazados fueron presentados estudios como Ferrere y Abogados, Baldomir, Campomar & Posadas, y los abogados constitucionalistas Ruben Correa Freitas y Gonzalo Aguirre.
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