Justicia podrá juzgar a responsables de los crímenes de Zelmar y El Toba
El homicidio de los ex legisladores Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz y de los militantes del MLN-T Rosario Barredo y William Whitelaw fue excluido el pasado lunes 13 del amparo de la Ley de Caducidad, puesto que por haberse cometido en la República Argentina, «no se encuentra comprendido» en la normativa.
«El caso elevado en consulta refiere a los homicidios de Zelmar Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz, Rosario Barredo y William Whitelaw, ocurridos fuera del territorio nacional, donde tiene plena vigencia la ley penal extranjera», expresa la resolución.
«Los hechos denunciados no se encuentran comprendidos en el artículo 1º de la citada Ley Nº 15.848″, por lo cual el Poder Ejecutivo resuelve: «devuélvanse estos antecedentes al Poder Judicial, declarando que al tenor de los elementos de juicio emergentes, el presente caso no se encuentra comprendido dentro de la hipótesis de caducidad de la pretensión punitiva del Estado establecida en el artículo 1º de la Ley Nº 15.848″, culmina.
En consecuencia, la resolución Nº 2.738 del Poder Ejecutivo, firmada por el presidente de la República, Tabaré Vázquez, y los ministros José Bayardi y Daisy Tourné, deja en libertad de acción al Poder Judicial para indagar los pormenores de uno de los crímenes emblemáticos de la dictadura cívico-militar. La causa judicial sustanciada en Uruguay por los homicidios de Michelini, Gutiérrez Ruiz, Rosario Barredo y William Whitelaw se sustanció únicamente contra los mandos civiles de la dictadura cívico-militar, por encontrarse estos expresamente excluidos del amparo de la Ley de Caducidad. El proceso sustanciado por el juez penal de 11º Turno, Roberto Timbal, y la fiscal Mirtha Guianze culminó con los procesamientos del ex dictador Juan María Bordaberry y del ex canciller Juan Carlos Blanco, como «coautores de cuatro delitos de homicidio muy especialmente agravado». Bordaberry y Blanco fueron considerados «autores intelectuales e institucionales» del crimen porque «sabían» de los hechos ocurridos en la Argentina y nada hicieron para evitarlos, según determinó el TAP de 2º Turno al ratificar el fallo de Primera Instancia.
Sin embargo, la abundante prueba documental y testimonial recabada durante la causa demuestra que los militares uruguayos operaban en Argentina y la principal hipótesis apunta a una presunta «responsabilidad material» de uniformados en el crimen. Ante esto, la fiscal Guianze solicitó remitir un informe al Poder Ejecutivo para determinar si el caso estaba incluido en la norma o no. La enfermera Haydeé Trías narró ante una Comisión Investigadora creada por los cuatro homicidios que sobre fines de mayo de 1976, su amiga Juliana De Sarro le pidió ayuda y la citó al apartamento de su «compañero», Pedro Mato, a quien encontró con un arma en la mano, desequilibrado, nervioso y sedado, porque afirmaba que había asesinado a Zelmar Michelini.
Trías afirmó que Mato le dijo que le habían dado dinero para ejecutarlo, que con ese dinero pagó cuentas y compró una casa a su madre, que viajó a Buenos Aires con el oficial Manuel Cordero y que tenía en su casa un cuadro con dos armas de fuego con la leyenda «en honor al mérito» fechada con el día de la muerte de Michelini. Mato compareció días atrás como «testigo» en la causa y negó todos estos dichos, pero ahora podría ser citado como indagado.
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